¿Las personas naturales declarantes de renta del régimen ordinario podrán utilizar la nueva deducción del 1% de sus compras personales contemplada en el art. 336 del ET si las compras quedan soportadas en un “documento equivalente electrónico tiquete POS”? Las personas naturales declarantes de renta del régimen ordinario podrán utilizar la nueva deducción del 1% […]
Las personas naturales que operan en el régimen ordinario del impuesto de renta, y que al mismo tiempo operan como no responsables del IVA, y que voluntariamente utilizan en sus negocios los tiquetes POS, ¿Quedan obligados a cambiar dichos tiquetes POS por una “factura electrónica” o un “documento equivalente electrónico POS”?
¿Qué sucede si una empresa obtiene ingresos por peajes, y utiliza el documento equivalente denominado “peajes”, pero luego termina obteniendo al mismo tiempo ingresos por ventas de mercancías, o ingresos por venta de un activo fijo, o ingresos por prestación de otros servicios?
¿Cuáles son las dos opciones que tiene los vendedores de bienes y servicios que utilizan algún” documento equivalente a factura de venta” para convertirlos en “documentos electrónicos” de acuerdo con lo establecido en la Resolución DIAN 165 de nov 1 de 2023”?
¿Cuál es el único “documento equivalente a factura de venta” que actualmente no sirve para soportar costos y gastos deducibles, ni para soportar valores por IVA descontable?
¿Cuáles son actualmente los “documentos equivalentes a factura de venta” que los vendedores de bienes o servicios pueden utilizar para soportar su obligación de facturar tales operaciones?