A partir del 1 de enero de 2017 la importación de licores, vinos, aperitivos y similares se encuentran gravados con la tarifa del IVA del 5%; esta misma tarifa aplicará en la comercialización del producto dentro del país y se deberá discriminar en la factura de venta, sin perjuicio del impuesto al consumo que corresponda conforme al artículo 50 de la Ley 788 de 2002 modificado por el artículo 20 de la Ley 1816 de 2016.