Respecto a la fecha con la cual se debe elaborar el estado de situación financiera de apertura de una sociedad que se encontraba en estado de liquidación hasta octubre de 2015, fecha en la cual el máximo órgano decide su reactivación; la Supersociedades señala que lo primero que se debe hacer es definir la clasificación para efectos de establecer el marco técnico normativo a aplicar. Una vez definido el grupo en el cual se encuentra ubicada la sociedad, se tendrá en cuenta la fecha de corte del estado financiero para la toma de la decisión de reactivar la sociedad por parte del máximo órgano social, y para continuar con la aplicación del marco técnico normativo según los cronogramas establecidos en el Decreto 2420 de 2015 único reglamentario en materia contable.