La indemnización sustitutiva de pensión es una prestación económica que se reconoce a los afiliados al Régimen de Prima Media con Prestación Definida, cuando éstos no cumplen con el número mínimo de semanas cotizadas, pero han cumplido la edad mínima para acceder a la pensión de vejez y declaran la imposibilidad de continuar ejecutando los aportes al Sistema General de Pensiones, de acuerdo con lo consagrado en el artículo 37 en la Ley 100 de 1993.