Con la reforma tributaria estructural se modificó lo contemplado en el Estatuto Tributario sobre cómo debe determinarse la tasa de interés moratorio. Ante dicha situación, surgió la siguiente inquietud: ¿a partir de qué periodo debería aplicarse la nueva disposición referente a la tasa de interés?
La nueva tasa de usura que regirá para liquidar estos intereses aumentó del 29,09% al 29,88%. Por ese motivo hemos actualizado nuestras herramientas en Excel sobre este parámetro.