Las personas naturales residentes en el territorio nacional cuyo nivel de consignaciones bancarias, por cualquier concepto, supere el equivalente a 1.400 UVT durante el año gravable 2018 estarán obligadas a declarar, de conformidad con lo señalado en el artículo 594-3 del Estatuto Tributario.
Entre los aspectos a evaluar para determinar si una persona está obligada o no a declarar renta se encuentran el nivel de consumos a través de tarjeta de crédito, y las compras y consumos totales durante el año; criterios que se ven afectados cuando se realizan compras con tarjeta en supermercados.