La propuesta ahonda la desigualdad e ilustra la ineficiencia en la asignación de subsidios, ya que estos acaban en manos de quienes más tienen.
El traslado exprés de afiliados sería conveniente para personas de mayores ingresos, quienes representan menos del 40 % de aquellos que tendrían condiciones para trasladarse.
Para la entidad, el mecanismo genera desigualdad e implica costos extras que tendrán un impacto negativo en el sistema pensional y fiscal del país.
Así lo manifestó a los medios de comunicación el presidente de la BVC de Colombia, para quien esto atenta contra los principios de equidad pensional.
La ineficacia del traslado de régimen pensional es la oportunidad que tienen los afiliados para regresar a Colpensiones cuando se trasladaron sin la debida asesoría y, debido a la edad, no pueden regresar a este régimen público.
Te contamos los requisitos requeridos para acudir a este proceso.
David Cuervo dice que ninguno de los regímenes pensionales es adecuado para la realidad colombiana.
Para Carolina Suárez, los subsidios pensionales siempre existirán y deben distribuirse mejor.
Jorge González opina que fondos privados son un monopolio del Grupo Aval y del Grupo Empresarial Antioqueño.
Cada persona cuenta con situaciones laborales y económicas diversas por evaluar para determinar si es conveniente o no trasladarse.
Corte Constitucional indicó que si un pensionado considera que no contó con información al trasladarse, y le generó un perjuicio, puede solicitar que le sea reparado.
Una nueva propuesta de Fedesarrollo indica que Colpensiones continuaría pagando las pensiones otorgadas hasta el 2021.
También se eliminaría el aporte obligatorio de 14 puntos para los BEPS establecidos en el programa Piso de Protección Social vigente a partir de febrero del 2021.
El país hoy cuenta con 6.811.214 afiliados al régimen de prima media; la tercera parte de los afiliados al sistema general de pensiones en Colombia.
1.454.917 de afiliados a Colpensiones reciben su pensión en cuenta bancaria.
666.990 ahorran en el programa BEPS; el 68 % son mujeres.
La Corte Suprema de Justicia realizó una serie de precisiones respecto a la viabilidad de traslado de régimen pensional de una persona que ha adquirido el estatus de pensionado.
Para lo anterior, determinó que dicho traslado resultaba inconveniente debido a la posible afectación a terceros.
No es posible que los pensionados de los fondos privados, que en algún momento estuvieron en Colpensiones, se traslade de nuevo al régimen público.
Este traslado electrónico lo ha puesto a disposición Colpensiones a través de su página web.
Es un proceso habilitado para quienes pertenezcan a Porvenir, Protección y Skandia y deseen trasladarse a Colpensiones, y viceversa.
Colpensiones ha puesto a disposición la posibilidad de trasladarse de régimen pensional a través de su página web.
Para realizar este traslado, la persona debe llevar mínimo cinco años en el fondo o administradora de pensiones actual, y haber realizado previamente el proceso de doble asesoría.