Mencionamos el tratamiento contable y tributario que se debe realizar al evaluar los activos biológicos en cuanto a la clasificación y tratamiento inicial de estos. Adicionalmente, compartimos una comparación de las diferencias que presentan la NIC 41, NIC 2 y NIC 16 frente al Estatuto Tributario.
En este editorial mencionaremos aspectos relativos a la medición de activos biológicos y en qué circunstancias dan lugar a impuesto diferido, todo esto teniendo en cuenta la NIC 41 – Agricultura, la NIC 2 – Inventarios y la NIC 16 – Propiedades, planta y equipo, además del Estatuto Tributario.
Dependiendo del destino que se le dé al activo biológico, este podrá reconocerse y medirse de acuerdo con la NIC 41 – Agricultura, NIC 2 – Inventarios o NIC 16 – Propiedades, planta y equipo, según sea el caso. En este editorial le explicamos cómo realizar esta clasificación y qué aspecto debe tener en cuenta.
Las declaraciones de renta del año gravable 2017 son las primeras que se presentarán conforme a las novedades que introdujo la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016. A continuación, destacamos algunas de las modificaciones que incidirán en el cálculo del impuesto de renta.