Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Por Clase

Resolución SSPD-20191000035615 de 13-09-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 13 septiembre, 2019

Mediante la Resolución SSPD-20191000035615 de 2019, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios reglamentó la aplicación del artículo 313 del PND (Ley 1955 de 2019), señalando los responsables del recaudo, los tiempos de giro al Fondo Empresarial de la Superservicios y otros criterios a tener en cuenta por los prestadores del servicio de energía con relación a esta sobretasa que aplica para los usuarios residenciales de los estratos 4, 5 y 6 (comerciales, industriales y no regulados).
Cabe resaltar que la sobretasa al servicio de energía para los usuarios de los estratos 4, 5 y 6 y el sector comercial e industrial en Colombia quedó en $4 por kilovatio/hora. Esta sobretasa está vigente desde el 24 de mayo de 2019, y aplica para los consumos de energía activa en los ciclos que iniciaron lectura con posterioridad a la promulgación del Plan Nacional de Desarrollo. Los recursos recaudados se deben girar al patrimonio autónomo Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios –SSPD–.

Resolución 000057 de 13-09-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 13 septiembre, 2019

En vista de que el artículo 1.5.8.3.13 del Decreto 1625 de 2016 (adicionado por el Decreto 1468 de 2019) reglamentó el recibo electrónico del SIMPLE, la Dian expidió la Resolución 000057 de 2019, mediante la cual prescribe el formulario y su contenido con un total de 60 renglones, acompañado de una segunda hoja con información sobre el ICA a favor de los municipios.
Cabe resaltar que el formulario 2593 no requiere de la firma del contador público, ni de la del revisor fiscal. Por tanto, para presentarlo de forma virtual, solo es preciso que cuente con la firma del contribuyente persona natural, o del representante legal en el caso de las personas jurídicas.

Decreto 1669 de 12-09-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 septiembre, 2019

La Ley de financiamiento 1943 de 2018, a través de su artículo 79, modificó al artículo 235-2 del Estatuto Tributario –ET–, otorgándoles el beneficio de renta exenta por un período de siete (7) años a las empresas de la llamada “economía naranja” que obtengan ingresos provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas, para lo cual deberán cumplir los requisitos descritos en el numeral 1 del mencionado artículo 235-2 del ET.
Ahora bien, por medio del Decreto 1669 de 2019, el Ministerio de Hacienda reglamentó los incentivos tributarios que aplicarán para las empresas de economía naranja, realizando de esta forma aclaraciones que serán tenidas en cuenta por las sociedades que opten por acogerse a este beneficio, como son la cantidad mínima de empleados y el monto mínimo de inversión con el que deberán contar las sociedades del régimen ordinario que aspiren al beneficio.

Concepto 807 de 12-09-2019

Circular, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 12 septiembre, 2019

El CTCP recordó que un contador público que haya ejercido el cargo de revisor fiscal en una entidad estaría inhabilitado para prestarles servicios profesionales como asesor, empleado o contratista a personas naturales o jurídicas a quienes haya auditado o controlado en su carácter de funcionario público o revisor fiscal.

Concepto 834 de 12-09-2019

Circular, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 12 septiembre, 2019

El CTCP recordó que los dividendos por pagar deben ser presentados en el grupo de pasivos corrientes, aunque correspondan a partidas que se hayan acumulado durante varios años, ello como consecuencia de que la ley ha establecido que son exigibles en un término inferior a un (1) año.

Concepto 769 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

El CTCP indicó que la sección 11 de la NIIF para Pymes únicamente permite la medición a valor razonable de las inversiones en acciones que cotizan en bolsa o cuyo valor razonable se pueda medir con fiabilidad sin esfuerzo o costo desproporcionado. Por lo anterior, los CDT deberán medirse por el costo amortizado, independientemente del modelo de negocio.

Concepto 776 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral Publicado: 11 septiembre, 2019

El CTCP concluye que el reintegro a la entidad del auxilio por incapacidad por parte de la EPS deberá reconocerse como un menor valor del gasto, si el pago por parte de la entidad al trabajador se reconoció en la contabilidad como un gasto; o bien, como un menor valor de la cuenta por cobrar, si esta se reconoció así al momento de realizar el pago al trabajador, y no como un ingreso de la entidad.

Carta Circular 64 de 10-09-2019

Circular, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 10 septiembre, 2019

La Superintendencia Financiera informa la rentabilidad mínima obligatoria de los portafolios de corto y largo plazo de los fondos de cesantías, y la de los tipos de fondos de pensiones obligatorias, al 31 de agosto de 2019.

Carta Circular 63 de 10-09-2019

Circular, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 10 septiembre, 2019

La Superfinanciera divulga el DTF pensional de agosto de 2019, aplicable a los bonos pensionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Ley 1299 de 1994. Cabe resaltar que para el cálculo del DTF se debe tener en cuenta la variación del índice de precios al consumidor –IPC–.

Carta Circular 62 de 10-09-2019

Circular, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 10 septiembre, 2019

La Superintendencia Financiera de Colombia informa que la rentabilidad de agosto de 2019 a tener en cuenta para el traslado de los recursos pensionales del régimen de prima media con prestación definida al régimen de ahorro individual con solidaridad es del 0,52 % efectivo mensual.

Carta Circular 61 de 10-09-2019

Circular, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 10 septiembre, 2019

La Superintendencia Financiera de Colombia imparte los requerimientos para que los establecimientos de crédito presenten su información financiera, en colaboración con la Unidad de Regulación Financiera –URF– en el proyecto de actualización de los límites a grandes exposiciones.

Resolución 000055 de 09-09-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 9 septiembre, 2019

El 9 de septiembre de 2019 la Dian expidió la Resolución 000055, mediante la cual prescribe y habilita los formularios para el cumplimiento por el mismo año de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsables de los impuestos por ella administrados.
La norma prescribe el formulario 350 para la presentación de la declaración de retención en la fuente correspondiente a 2019 y realiza adiciones al instructivo del formulario 490 – Recibo oficial de pago impuestos nacionales.
La resolución también estipula que los contribuyentes que hayan presentado la declaración de retención en la fuente después de la entrada en vigencia del artículo 130 de la Ley 1955 de 2019 y hayan declarado por concepto de laudos arbitrales, deberán certificar el valor declarado y pagado al correo electrónico recacobranzas_Laudos@dian.gov.co.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,