Actualizado: 14 junio, 2022 (hace 2 años)
La Ley 2133 de agosto 4 de 2021 dispuso que a partir del año gravable 2022 las personas jurídicas que presten el servicio de transporte marítimo internacional liquidarán su impuesto de renta con la tarifa del 2 %, pero no podrán gozar al mismo tiempo de la exoneración de aportes parafiscales.
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