Cuando se termina una relación laboral por despido sin justa causa, el trabajador tiene derecho al pago de una indemnización por dicha situación. Esto dependiendo del tipo de contrato laboral mantenido con la empresa.
¿Hay algún plazo para pagar dicha indemnización? No te quedes con la duda, ¡entérate ahora!
Todo empleador está obligado a pagar una liquidación final cuando finaliza una relación laboral, la cual consiste en pagar primas, cesantías e intereses de las cesantías pendientes, además de las vacaciones no disfrutadas y los salarios adeudados.
En esta ocasión, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, da a conocer la diferencia entre liquidación final e indemnización por despido injustificada; además, menciona cuánto plazo tiene la empresa para pagar la indemnización por despido injustificado:
El artículo 22 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– dispone que un contrato de trabajo es aquel mediante el cual una persona natural, denominada trabajador, se obliga a prestar sus servicios a favor de otra que puede ser natural o jurídica, denominada empleador.
Al momento de celebrar este tipo de contrato, nacen para las partes una serie de obligaciones. Al empleador le asiste la obligación de realizar diferentes pagos al trabajador de manera mensual, semestral y anual, los cuales deberá sufragar de manera proporcional si antes de cumplido el término para el efecto se da por terminada la relación laboral por cualquiera de las partes.
A la terminación de una relación laboral, el empleador tiene la obligación de liquidar los valores causados por conceptos de salario, prestaciones sociales y descansos remunerados.
En ese sentido, independientemente de la causa por la que se terminó el contrato de trabajo, el empleador tiene la obligación de liquidar el contrato y pagarle al trabajador los valores causados correspondientes a salarios, prestaciones sociales y descansos remunerados.
El artículo 64 del CST establece que, cuando el empleador de manera unilateral dé por terminado el contrato de trabajo sin justa causa, deberá pagarle al trabajador una indemnización según el término de duración pactado en el contrato.
Por otro lado, el artículo 65 del CST menciona que, si no se paga la liquidación final al terminar el contrato de trabajo, se deberá una sanción moratoria por cada día de retardo en el pago de la liquidación.
El artículo en mención no establece un término para el pago de la indemnización; no obstante, el trabajador puede solicitarla directamente al empleador desde la terminación del contrato.
En caso de que el empleador se rehúse al pago de la indemnización, el trabajador podrá opcionalmente acudir al Ministerio del Trabajo para que por medio de una audiencia de conciliación se acuerde con el empleador su pago, o presentar directamente una demanda en contra del empleador para que un juez laboral ordene el pago.
Respecto a lo anterior debe precisarse que el trabajador cuenta con un término de 3 años contados a partir de la terminación del contrato para reclamar la indemnización e interponer la demanda.