La Ley 2010 de 2019 o Ley de crecimiento económico, efectuó cambios al artículo 879 del Estatuto Tributario en lo relacionado con las exenciones al gravamen a los movimientos financieros.
Durante el 2021 se mantiene la exención para las transacciones que no superen las 350 UVT mensuales.
Además de complicar la administración tributaria y erosionar más el recaudo, los días sin IVA no generarían un incremento neto de las ventas.
Impuestos como el GMF impone costos que limitan el acceso al crédito, distorsionan las actividades del mercado de capitales y promueven la economía informal.
Mediante los decretos 417 y 637 de 2020, el Gobierno declaró dos estados de emergencia económica como consecuencia de la crisis generada por la propagación del COVID-19.
La Corte ha evaluado las medidas tributarias adoptadas, dando a conocer las decisiones tomadas frente a los decretos expedidos.
De acuerdo con el calendario tributario de 2020, en septiembre vencen once obligaciones tributarias diferentes, incluida la declaración de renta 2019 de personas naturales.
Al respecto, debe tenerse presente que, desde enero de 2020, la Dian no ha vuelto a presentar colapsos generalizados.
A continuación, Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve inquietudes relacionadas con la facturación en papel, el impuesto solidario, la exención del IVA sobre el arrendamiento de bienes inmuebles y otros temas de actualidad.
¿Qué expresó la Corte Constitucional sobre los beneficios en materia de GMF e IVA establecidos en el Decreto Ley 530 de abril de 2020?
Corte Constitucional declaró exequible los artículos 1 y 3 del Decreto Legislativo 530 de 2020, salvo la expresión “por el tiempo que perduren las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 417 de 17 de marzo de 2020”; razón por la que los beneficios tributarios mencionados en este decreto deberán aplicarse no solo mientras dure la emergencia sanitaria, sino hasta el 31 de diciembre de 2020.
Así, la Corte Constitucional asume el control oficioso de constitucionalidad del Decreto 530 de 2020, en el que se adoptan medidas tributarias transitorias en relación con el gravamen a los movimientos financieros a cargo de las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen tributario especial y en relación con el IVA en las donaciones de ciertos bienes corporales muebles, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica.
La reforma tributaria 2019 se caracterizó por la inclusión de importantes beneficios.
Por ejemplo, los beneficios tributarios para las empresas que contraten jóvenes entre los 18 y 28 años, la disminución de los aportes a salud de los pensionados y muchos otros que te invitamos a conocer a continuación.
¿Cómo procede el descuento tributario del 4×1000 en la declaración de renta de una persona jurídica?
La reforma tributaria 2019 se caracterizó por la inclusión de importantes beneficios. Por ejemplo, los beneficios tributarios para las empresas que contraten jóvenes entre los 18 y 28 años, la disminución de los aportes a salud de los pensionados y muchos otros que te invitamos a conocer a continuación. El 27 de diciembre de 2019 fue aprobada […]
Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de Economía Solidaria deberán presentar y pagar la declaración del GMF de forma semanal. Los plazos fueron indicados en el artículo 1.6.1.13.2.39 del DUT 1625 de 2016, modificado por el Decreto 2345 de 2019. Tenga en cuenta que el 21 de enero de 2020, el Ministerio de […]
Recaudo del IVA como porcentaje del PIB solo se ha incrementado en 0,4 puntos porcentuales, pasando de 5,3 % a 5,7 % entre 2016 y 2018.
Impuestos como el 4 x 1.000 obstaculizan acceso al crédito, distorsionan actividades del mercado de capitales y promueven economía informal.