¿Cómo puede rastrear la DIAN el valor de las compras y consumos totales del año a que se refiere el artículo 594-3 del ET para considerar que una persona natural y/o sucesión ilíquida residente queda obligada a presentar declaración de renta?
Si una persona natural residente estuvo obligada a presentar declaración de renta del año gravable 2022, y liquidó incluso un anticipo al año siguiente y hasta un saldo a favor que no ha pedido en devolución, pero en el 2023 cumplió los requisitos para no quedar obligada a declarar ¿Quedaría obligada a declarar para arrastrar por lo menos esas partidas de su declaración del 2022?
La Dian cuenta con 5 años para iniciar el proceso de cobro de los valores adeudados por concepto de obligaciones fiscales, sanciones e intereses; el inicio del conteo depende de la fecha de presentación de la declaración, de la corrección o de la resolución de acuerdo ante una discusión.