La DIAN aclara que la vigencia y aplicación del artículo 187 de la Ley 1819 de 2016, la cual adiciona cuatro numerales al artículo 476 del ET, que trata sobre los servicios excluidos del IVA, está sujeta a la reglamentación por parte del Gobierno Nacional, de tal manera que aún no es posible explicar sus alcances y determinar cuales son específicamente los nuevos servicios excluidos.