El piso de protección social, reglamentado por el Decreto 1174 de 2020, busca que las personas que no logran acceder al sistema de seguridad social integral cuenten con un servicio complementario básico.
Medida únicamente aplicará para los beneficiarios del servicio social complementario que han accedido a una anualidad vitalicia y a Colpensiones.
El Ministerio del Trabajo recientemente introdujo una serie de modificaciones, referentes a la determinación del monto y períodos de pago de los beneficios económicos periódicos –BEPS–.
Conozca esta y otras disposiciones generales respecto al mecanismo de los BEPS.
Todos los colombianos que obtienen ingresos económicos, ya sea por salario u honorarios, tienen que cotizar a pensión. Sin embargo, muchas personas no alcanzan a cumplir el requisito de las 1.300 semanas exigidas por ley y quedan desprotegidas en su vejez. En consecuencia, el Gobierno ha creado alternativas para quienes hayan llegado a la edad de retiro sin protección, como el PSAP y los BEPS.
BEPS es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren voluntariamente en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta.