Una empresa que presta dinero a largo plazo a terceras personas para adquirir inventarios producidos por terceros debe clasificar sus activos y pasivos corrientes observando el período de tiempo equivalente a doce meses después del período sobre el que se informa.
Los pagos o abonos en cuenta a favor de los contribuyentes pertenecientes al RTE no estarán sometidos a retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta. No obstante, los servicios que contraten y los ingresos por rendimientos financieros que perciban dichos contribuyentes, sí serán sujetos a retención en la fuente.