Ministerio de Protección Social. Desde el punto de vista de la legislación laboral no existen contribuciones obligatorias de los empleadores con destino a una entidad gremial de carácter empresarial, aunque si existen algunas leyes que específicamente imponen unas contribuciones a grupos económicos específicos cuya inversión es de carácter sectorial , no entran a engrosar el presupuesto de la Nación y son administrados en algunos casos por las misma asociaciones gremiales.