Según el artículo 15 de la Ley 1314 de julio de 2009, a partir de esa fecha las entidades no comerciales, tendrían la obligación de cumplir con las normas de entidades comerciales, como es nombrar Revisores Fiscales y emitir Informes de Gestión.
Existen dos situaciones particulares en las cuales este tipo de entes económicos sí se verían obligados a elaborar los 5 Estados Financieros básicos individuales.