Para determinar si una persona natural que durante el 2021 realice alguna actividad gravada con IVA es responsable o no del mismo, deberán revisarse los requisitos citados en el parágrafo 3 del artículo 437 del ET.
Entre los requisitos está el de que sus consignaciones no pueden superar cierto límite.
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve principalmente inquietudes relacionadas con la actualización del RUT, la declaración de renta persona natural, el anticipo bimestral de los contribuyentes del SIMPLE y otros temas de actualidad.
¿Qué implicaciones tributarias recaen sobre un contribuyente que vende, simultáneamente, bienes excluidos y exentos del IVA?
¿En 2021 es obligación presentar la declaración del IVA, aunque no se hayan efectuado operaciones de venta?
Desde el punto de vista del partido, no se debe afectar a las clases sociales menos favorecidas y se deben dar incentivos a las pequeñas y medianas empresas.
Personas pertenecientes a los estratos y y 6 pagarían más IVA, cerca de un 15 % adicional. Devolución de este impuesto continuará.
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios resuelve inquietudes relacionadas con la bancarización, el régimen simple de tributación, los beneficios en renta para las Zese, las ventas en el tercer día sin IVA y otros temas de actualidad.
¿Cuál ajuste se realizó recientemente al formato 2669 v.2 para el reporte de las ventas sin IVA de noviembre 21 de 2020?
¿En el 2021 cómo se seguirán practicando retenciones de renta y de IVA a los acogidos a procesos de insolvencia de la Ley 1116 de 2006?
En febrero vencen algunas de las obligaciones fiscales más importantes de 2021, tales como la primera cuota del impuesto de renta para grandes contribuyentes y la declaración anual del IVA.
Por tal motivo es importante tener en cuenta los vencimientos de cada una, para cumplir con tales obligaciones.
¿Cuál es el listado de bienes y servicios exentos del IVA para el 2021?
El 29 de enero de 2021 la Dian finalmente publicó el prevalidador que permitirá realizar, a más tardar el 1 de marzo de 2021, el reporte exigido con la Resolución 000106 de noviembre 27 de 2020, modificada con la Resolución 000116 de diciembre 24 de 2020.
Dicho reporte corresponde a las ventas realizadas en el tercer día sin IVA.