5.400 ciudadanos con activos en el exterior y pasivos inexistentes se acogieron a los beneficios del impuesto de normalización tributaria.
Quienes se trasladaron durante 2019 al SIMPLE dejaron de actuar como agentes de retención a partir de ese momento. Surge entonces el interrogante por lo que sucederá si en el nuevo régimen efectúan devoluciones en compras sobre las cuales ya habían practicado retenciones en la fuente.
Los impuestos que se pagan sobre intereses de deudas podrían bajar, mientras que los que se causan por intereses recibidos del ahorro podrían subir.
Colombia necesita cambios estructurales en materia tributaria, desde el punto de vista de la OCDE. Impuestos más directos, evitar exenciones tributarias que no generan emprendimiento y luchar contra la evasión y elusión fiscal son temas fundamentales en los que se debe trabajar.
Los contribuyentes acogidos al régimen simple deberán presentar una declaración anual consolidada en el formulario que para tales efectos prescriba la Dian. Lo anterior, sin perjuicio del pago de los anticipos bimestrales mediante recibo electrónico (formulario 2593). Tal formulario anual debe contener:
Entre los temas más inciertos respecto al SIMPLE está el futuro de los saldos a favor generados por los contribuyentes antes de optar por tributar bajo este nuevo régimen. A través del Decreto 1468 de 2019 el Ministerio de Hacienda aclaró varios aspectos en cuanto a su tratamiento.
¿Cuáles son las consecuencias tributarias que puede generar la caída de la Ley 1943 de 2018, denominada también Ley de financiamiento?
El formulario 2593, prescrito con la Resolución 000057 de septiembre 13 de 2019 y solo habilitado en el Muisca el 18 del mismo mes, debía presentarse por primera vez, por unos 8.053 contribuyentes, a más tardar el lunes 23 de septiembre del año en curso, con el fin de liquidar los seis anticipos bimestrales de lo corrido de 2019.
Los contribuyentes que se acojan al régimen simple no estarán sujetos a retenciones en la fuente, ni tampoco estarán obligados a practicarlas, a excepción de las retenciones asociadas a los pagos laborales. Lo anterior, considerando lo previsto en el artículo 911 del ET y el Decreto 1468 de 2019.
Para el ministro de hacienda, Alberto Carrasquilla, es triste que la Corte Constitucional se desgaste en temas procedimentales.
Gobierno entregará pruebas que fueron solicitadas por los magistrados de la Corte Constitucional, en medio del estudio de una demanda que busca tumbar la Ley de financiamiento.
Todo indica que en octubre de 2019 la Corte Constitucional declarará la inconstitucionalidad de la Ley de financiamiento. Una vez se conoció extraoficialmente la noticia, tanto el Gobierno nacional como los gremios se manifestaron a favor de esta y lanzaron una alerta en caso que se le dé de baja.