El Concepto 10035 de abril 29 de 2019 indica que el artículo 87 de la Ley 1943 de 2018 modificó el primer inciso del numeral 11 del artículo 879 del ET, mas no eliminó los otros dos incisos. En conclusión, y según la Dian, las tarjetas de crédito de personas naturales seguirían exentas del 4 x 1.000.
La Contraloría General de la República y la OCDE hacen un llamado para revisar los requisitos para acceder a ciertos beneficios tributarios, y así eliminarlos o ajustarlos según su fin. La Ley 1943 de 2018 incluyó beneficios para las empresas, que le costarán al país 9,5 billones de pesos en 2020.
Durante 2019 las donaciones a las Esal, iglesias y partidos políticos seguirán siendo un gasto no deducible. Sin embargo, solo el 25 % de esas donaciones se podrán tratar como descuento tributario, beneficio al que podrán acceder únicamente quienes se queden en el régimen ordinario o en el especial.
Según el proyecto de resolución publicado el 3 de septiembre de 2019, la Dian ampliaría el plazo establecido mediante la Resolución 000020 del 26 de marzo del mismo año, para que los contribuyentes del régimen simple comiencen a expedir factura electrónica de venta.
Con la expedición del Decreto 1468 de agosto 13 de 2019, el Ministerio de Hacienda reglamentó el nuevo régimen simple de tributación. Sin embargo, en el mismo no se aclararon varios aspectos importantes respecto a las normas superiores contenidas en los artículos 903 al 913 del Estatuto Tributario.
La Resolución 011004 de 2018 dispuso que en el formato 1001 del año gravable 2019 ya no se utilizará el concepto 5243 para reportar los dividendos o participaciones que las sociedades comerciales distribuyan a sus socios o accionistas. Tal código será reemplazado por los que van del 5068 al 5071.
Los contribuyentes del SIMPLE deberán realizar anticipos bimestralmente a título del impuesto unificado, que dependerán de los ingresos brutos bimestrales sobre los cuales se aplicarán las tarifas del parágrafo 4 del artículo 908 del ET, según el tipo de actividad desarrollada por el contribuyente.
La nueva versión del artículo 90 del ET pone freno a la evasión de impuestos al escriturar bienes inmuebles por un valor inferior al comercial. Por ende, en la escritura pública las partes deberán declarar bajo gravedad de juramento que el precio es real y no ha sido objeto de pactos privados.
Senador David Barguil explicó que en el mediano plazo habría que estudiar una nueva reforma tributaria.
Ministro de hacienda, Alberto Carrasquilla, aseguró que el Gobierno está tranquilo frente a las demandas de la Ley de financiamiento en la Corte Constitucional.
Julio Fernando Álvarez, Gustavo Cote y Juan Manrique explican las consecuencias que podrían derivarse si las demandas existentes contra la Ley 1943 de 2018 prosperan. Todos los decretos reglamentarios perderían vigencia y se establecerían normas temporales una vez se declare la emergencia económica.
Hasta el 25 de septiembre de 2019 tendrán plazo los contribuyentes del régimen ordinario para normalizar sus activos omitidos o pasivos inexistentes poseídos a enero 1 del año en curso. Tal normalización deberá efectuarse mediante el formulario 445 dispuesto por la Dian.