Las sociedades vigiladas o controladas por la Supersociedades, pertenecientes a los grupos 1, 2 o 3 de convergencia a Estándares Internacionales, y que estén en proceso de liquidación; deberán seguir una serie de instrucciones si este se inició antes del 31 de diciembre de 2017 o a partir del 1 de enero de 2018.
Las sociedades que a diciembre 31 de 2018 sean vigiladas por la Supersociedades, y pertenezcan a los grupos 1, 2, o 3, entregarán los reportes indicados en la Circular 201-000005 de 2018. En este editorial le explicamos las novedades.