Según el Gobierno no es necesario expedir un decreto reglamentario para que los nuevos hoteles construidos entre 2017 y 2027 en municipios con menos de 200.000 habitantes tributen en renta a la tarifa del 9 %. Pero, sí deberán cumplir con los requisitos del artículo 1.2.1.22.11 del DUT 1625 de 2016.
Las personas jurídicas que exploten hoteles construidos o ampliados entre 2002 y 2017, al igual de aquellas con actividades editoriales, figuran entre las que utilizarán la tarifa especial del 9 % pero solo sobre las rentas mencionadas en la norma. Las demás rentas obtenidas tributarían al 34 %.