Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 707 de 14-08-2017


Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 707
Agosto 14 de 2017

Una vez el profesional cumpla con los parámetros establecidos en los artículos 1 y 2 de la Ley 43 de 1990, y se obtengan los registros pertinentes ante los órganos competentes, podrá ejercer la contaduría pública de manera independiente o a través de una sociedad de contadores.

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