Los ajustes están en tres aspectos principales: personas naturales obligadas a reportar, armonización con la Ley 1819 de 2016 y plazos para la presentación de la información.
El literal a) del artículo 4 de la Resolución 000068 de octubre de 2016 podría generar confusión a las personas naturales no residentes, ya que no sabrían si están obligadas a presentar la información exógena por el año gravable 2017. En consecuencia, la Dian debería cambiar su redacción.
A través de su Resolución 0068 de octubre 28 de 2016 la DIAN definió quiénes serán los obligados a entregar la información exógena tributaria del año gravable 2017 y el tipo de información que deberán suministrar. En este editorial resumimos los elementos más importantes al respecto.