Las entidades en muchas ocasiones requieren realizar mejoras en los bienes que mantienen en arrendamiento para el desarrollo de su actividad económica. Frente a esta situación es necesario determinar si es posible reconocer estas mejoras como un activo o si deben llevarse directamente al gasto.
La propiedad horizontal estará obligada a analizar la definición de activo y verificar si el tipo de mejora en que ha invertido realmente representa un beneficio para la entidad y, por tanto, cumple con las condiciones para reconocerse en tal grupo.
Las mejoras en bienes ajenos se encuentran con relativa frecuencia en las operaciones de una entidad. Estas mejoras podrán reconocerse como propiedades, planta y equipo si cumplen algunas condiciones.