Trabajadores en situación de discapacidad, incapacitados y mujeres embarazadas o en período de lactancia que sean despedidos sin la autorización del Mintrabajo, tendrán derecho a una indemnización equivalente a 180 días de salario, que se computará adicionalmente a las demás que determine el CST.
La Corte Constitucional amplio el rango de protección de la maternidad para la permanencia en el empleo de aquellos trabajadores que se encuentren próximos a ser padres.