La declaración de renta para personas naturales correspondiente al año gravable 2019 debe ser elaborada a través del nuevo modelo de cedulación introducido por la Ley 1943 de 2018.
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Esta herramienta permite contextualizar al usuario acerca de las novedades normativas que deberán aplicar los contribuyentes en la liquidación del impuesto de renta y complementario del año gravable 2019, de acuerdo con la Ley 1943 de 2018.
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Con la expedición del Decreto 677 de mayo 19 de 2020 y la Resolución Minhacienda 001129 de mayo 20 del mismo año, las personas naturales podrán acceder al subsidio de nómina del Paef.
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La medida también aplicará para empresarios que no tienen su empresa como persona jurídica. Se busca que cerca de 600.000 se vean beneficiadas.
Mediante la Resolución 000071 de octubre 28 de 2019, la Dian prescribió el formato 2517 v. 2 para la conciliación fiscal de personas naturales.
En la estructura de la sección “ERI-Renta líquida” quedó faltando incluir una columna especial para depurar las partidas de la cédula de dividendos.
En 2020 las personas naturales están obligadas a presentar la declaración de renta y complementario por el año gravable 2019, entre el 11 de agosto y el 21 de octubre.
Lo anterior, siempre y cuando al 31 de diciembre de 2019 hayan superado los montos mencionados a continuación.
La firma electrónica es un mecanismo que sustituye a la firma autógrafa en los documentos y trámites realizados por personas naturales que actúen a nombre propio o en representación de una persona jurídica, en cumplimiento en los servicios electrónicos de la Dian de sus obligaciones formales.
El 17 de octubre de 2019 finalizan los plazos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2018. Si aún no has cumplido con esta obligación fiscal, a continuación te presentamos una herramienta aliada para esta temporada.
Personas naturales deberán declarar las sumas en la cédula general correspondientes a una renta de trabajo el apoyo económico otorgado en razón a una relación laboral, legal y reglamentaria, en caso contrario será una renta no laboral.
Con la Ley 1943 de 2018 se realizaron modificaciones respecto al tratamiento tributario de la retención en la fuente, aplicable a los dividendos y participaciones recibidos por las sociedades nacionales y extranjeras, y por personas naturales residentes y no residentes o sucesiones ilíquidas.
Para obtener la base de retención en la fuente, el artículo 388 del ET permite que las personas naturales que no hayan subcontratado dos o más trabajadores resten el 25 % de renta exenta, el cual también podrá detraerse en la declaración de renta anual, de acuerdo con el Decreto 2250 de 2017.
Según lo establecido por la Ley 1819 de 2016, para efectos de la declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2018 se deben clasificar los ingresos de acuerdo con cinco cédulas. Conoce los aspectos principales de cada cédula, para determinar la que te corresponde.