Así lo establece el parágrafo 7 del artículo 364-5 del ET. El artículo 1.2.1.5.2.2 del DUT 1625 de 2016 estipula que el registro web debe realizarse conforme a unas aclaraciones especiales y también indica que estas no están obligadas a especificar el monto y destino de las asignaciones permanentes.