El 27 de febrero de 2019 la Dian expidió el Concepto 4834 de 2019, mediante el cual establece que la transferencia de un bono o título evaluable en dinero a un beneficiario para que este lo haga efectivo no causa el impuesto sobre las ventas. No obstante, una vez dicho beneficiario disponga del bono adquiriendo bienes, estos pueden estar o no gravados con el IVA, de acuerdo con las normas del ET.
La Dian también reitera que, en relación con el derecho contenido en un título o bono evaluable en dinero, este no causa el impuesto sobre las ventas, por cuanto es un derecho. Caso diferente son los bienes adquiridos con ese bono, los cuales pueden estar gravado o no con el impuesto en mención.