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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Por Clase

Concepto 882 de 27-09-2019

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 27 septiembre, 2019

Consejo Técnico de la Contaduría Pública Concepto 882 Septiembre 27 de 2019 El Consejo Técnico de la Contaduría Pública infiere que, aunque no es posible el reconocimiento inicial de las muestras sin valor comercial que entregan los proveedores, ello no quiere decir que no exista la necesidad de establecer un control sobre las mismas para […]

Concepto 879 de 27-09-2019

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 27 septiembre, 2019

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, con base en lo establecido en el DUR 2420 de 2015, explicó que es permitido que las entidades de los grupos 1 y 2 hagan uso de dos (2) formatos para la presentación del estado de rendimiento o desempeño, así:
1. Presentar por separado el “estado de resultados” y el “otro resultado integral” –ORI–.
2. Presentar un único estado que unifique el estado de resultados y el ORI. Este estado unificado puede denominarse “estado del resultado integral”.
Cabe resaltar que en el caso de una entidad que utilice la base de medición del costo histórico, o que no tenga partidas que deban registrarse contra el patrimonio y presentarse en el ORI, no le sería aplicable el enfoque de un único estado, y por consiguiente deberá aplicar el enfoque de los dos estados, elaborando únicamente el estado de resultados. Finalmente, las entidades del grupo 3 solo deberán presentar un estado de resultados, y no un estado del resultado integral.

Oficio 220-104081 de 26-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 26 septiembre, 2019

La Supersociedades, a través del presente oficio, dio respuesta a tres interrogantes sobre la posibilidad de crear una reserva mediante la apropiación del 100 % de las utilidades y el tiempo por el que puede estar constituida dicha reserva. Frente a lo anterior, la entidad en mención aclara que realizar actividades abusivas tendientes a bloquear el derecho de los accionistas a recibir las utilidades de la compañía es entendido como una mala práctica del derecho societario. A su vez, reitera que si en los estatutos no se ha señalado el porcentaje para retener las utilidades, se entenderá que es el 78 % de las acciones representadas en la reunión y que, a falta de esta mayoría, la sociedad deberá repartir el 50 % de las utilidades líquidas.

Sentencia STC-13069 del 25-09-2019

Derecho Comercial, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 25 septiembre, 2019

En la Sentencia STC-13069 del 25 de septiembre de 2019 la Corte hace un breve análisis sobre la figura del fideicomiso civil y su embargabilidad cuando el fideicomitente y fiduciario son la misma persona.

Oficio 24036 del 23-09-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 septiembre, 2019

La Dian expidió el Oficio 24036 de 2019, mediante el cual aclaró el término en el que se pueden corregir las declaraciones, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 962 de 2005.

Resolución 000059 de 20-09-2019

Aduanera, Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 20 septiembre, 2019

El Gobierno nacional expidió el Decreto 1370 de 2019, en el cual estableció que el IVA en la importación de productos terminados, producidos en el exterior o en zonas francas con componente nacional exportado, se liquidará y pagará en la declaración de importación.
Mediante la Resolución 000059 de 2019, la Dian expidió el formulario 500 de declaración especial de importación para bienes producidos en zona franca que tengan componente nacional exportado y pretendan ser vendidos en el territorio aduanero nacional, e indicó la posibilidad de realizar el pago de los tributos aduaneros generados por esta operación de forma mensual en pago consolidado.

Oficio 220-101309 de 19-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 19 septiembre, 2019

La Supersociedades, mediante el presente oficio, estipuló el procedimiento que deberán realizar los liquidadores una vez aprobada la cuenta final dentro de un proceso de liquidación voluntaria, proceso que quedó de la siguiente manera:
En primera instancia, se debe entregar el remanente a los asociados según su porcentaje de participación. A continuación, si el proceso lo amerita, los liquidadores citarán por medio de avisos a los asociados. Finalmente, y si estos últimos no se presentan, los liquidadores le entregarán a la junta departamental de beneficencia del lugar del domicilio social los remanentes en cuestión. A falta de una junta departamental en tal lugar, los bienes de los socios que no se hayan presentado a recibirlos les serán dados a la junta que funcione en el lugar más próximo.

Concepto 023680 de 19-09-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 19 septiembre, 2019

La determinación de las rentas pasivas sujetas al Régimen se debe realizar de manera individual y/o separada frente a cada ECE, imputando a los ingresos pasivos, los costos y deducciones atribuibles a estos ingresos, de forma independiente por cada una de las ECE.

Decreto 1719 de 19-09-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 19 septiembre, 2019

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.6.10.2.3 del Decreto 2555 de 2010, les corresponde a las administradoras del sistema general de pensiones proporcionarles a los afiliados información completa acerca de la posibilidad de obtener la pensión especial de vejez por un hijo o hija en condición de discapacidad, esto en el régimen de ahorro individual con solidaridad. Igualmente, deben informar sobre la existencia de una pensión de vejez a cualquier edad, con la suficiencia de capital a la que hace referencia el artículo 64 de la Ley 100 de 1993, y de las prestaciones sustitutas en caso de no obtener pensión.
Por lo anterior, el Gobierno nacional emitió el Decreto 1719 de 2019, mediante el cual reglamentó el inciso 2 del parágrafo 4 del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 en lo relacionado con la pensión especial de vejez por hijo(a) en condición de discapacidad, estipulando así tres requisitos fundamentales que deben cumplir los afiliados al régimen de ahorro individual con solidaridad para acceder a dicha pensión. A su vez se pronunció frente a la redención anticipada del bono pensional y las causales de suspensión de la pensión especial de vejez.

Concepto 23292 del 16-09-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 16 septiembre, 2019

La Dian indica las situaciones que pueden resultar de la aplicación de la retención en la fuente para los trabajadores independientes

Oficio 220-097454 de 13-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 13 septiembre, 2019

La Supersociedades, mediante el presente oficio, aclaró el derecho de preferencia en la suscripción de acciones; fundamentalmente concede la posibilidad de que los asociados mantengan en la sociedad su participación porcentual dentro de la composición del capital social, y puedan con ello conservar el mismo poder patrimonial y político dentro del ente jurídico. A su vez, afirma que salvo que en los estatutos se hubiere pactado que la suscripción de acciones se realice sin sujeción al derecho de preferencia, o que la asamblea, con el lleno de los requisitos legales y estatutarios, hubiere decidido colocar las acciones sin sujeción al derecho de preferencia (artículo 420 numeral 5 del Código de Comercio), estas deberán ofrecerse a quienes sean accionistas en el momento en que se realice la oferta, independientemente de los procesos judiciales que se estén tramitando.

Resolución 000058 de 13-09-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 13 septiembre, 2019

El numeral 2 del artículo 3° de la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019 se refería al grupo 1 del régimen simple y establecía como fecha máxima para empezar a facturar electrónicamente el 31 de agosto de 2019. Pero sabiéndose que el plazo para inscribirse en el régimen simple había sido ampliado hasta septiembre 16 de 2019, la Dian expidió la Resolución 000058 de septiembre 13 de 2019, para que los contribuyentes que se alcanzaron a inscribir en dicho régimen tengan el siguiente nuevo calendario en su proceso de expedir factura electrónica:
a) El plazo para inscribirse en el servicio virtual de la Dian y obtener su habilitación como facturadores electrónicos sigue siendo el 31 de mayo de 2019.
b) El plazo para comenzar a expedir factura electrónica inicia el 18 de noviembre de 2019.

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