La recomendación para los empleadores es que realicen verdaderos pagos ocasionales por mera liberalidad y no oculten un pago salarial. Recuerde que ese regalo no debe superar el 40% de la suma total junto al salario mensual ya que sería base para pago de seguridad social.
Las entidades que asumen los gastos médicos de las personas víctimas de un accidente de tránsito son por regla general las aseguradoras que expiden el SOAT, pero en caso de no contar con dicha póliza o que los gastos superen el tope cubierto, corresponderá a la EPS, Medicina Prepagada, ARL o FOSYGA sufragar dichos gastos, dependiendo de las condiciones de los gastos y el accidente.
En Colombia según el Sistema General de Seguridad Social en Salud, las incapacidades deben ser expedidas por los médicos que pertenecen a la EPS, porque es dicha entidad la que realiza su pago. Por ello, si se presenta la incapacidad de un médico ajeno a la Entidad Prestadora de Salud, esta está en todo su derecho de valorar, reducir o aumentar, si lo considera pertinente, el tiempo de la incapacidad.
Después de tanto conflicto por la necesidad de establecer legalmente un permiso remunerado a los servidores públicos cuando les fallece un familiar, se ha expedido la Ley 1635 de 2013 que crea la Licencia por Luto que aplica a este tipo de empleados en general.
Una cosa son las deducciones o compensaciones durante la vigencia del contrato, que las que se realizan en la liquidación final del contrato de trabajo, pues en la primera se requiere autorización previa y expresa del trabajador, mientras que en el segundo caso no se requiere del ex trabajador, siempre que sean acreencias legales y exigibles, de lo contrario nace la sanción moratoria.
En la Ley de Libranza solo se puede comprometer el salario del trabajador nunca las cesantías. Ni las que se les va a consignar, ni las que va a cobrar como pago parcial, tampoco las que se les va a pagar en una liquidación final.
Cuando la EPS no tenga los medicamentos para entregar inmediatamente, tiene hasta 48 horas para hacerlo. Pero cuando éstos son para la atención de enfermedades crónicas tendrá además la obligación de prescribirlos para periodos no menores a 90 días y entregas, o dosis, que sirvan mínimo para 30 días.
Las personas obligadas a cotizar a salud y sus beneficiarios que se vayan a residir en el exterior, tienen la posibilidad de interrumpir la afiliación al sistema de salud. Esta le permite conservar su antigüedad, pero en caso de retornar al país y reactivar el servicio deberá realizar los aportes de solidaridad por todo el tiempo en que estuvo fuera del país.
Al hablar de una aprendiz cuando está embarazada, ya sabemos que todo el tiempo estará afiliada a salud, a una EPS por parte del empleador. En estos casos, el contrato de aprendizaje se suspende y se reanuda una vez la mujer termine su licencia de maternidad.
Con la pasada reforma tributaria se estableció una exoneración en parte de los parafiscales, la cual no es para todos los empleadores sino para aquellos que cumplan unas condiciones. El beneficio inicia con la nómina de mayo, que se paga en PILA en junio, según Decreto 862 de 2013.
El descanso compensatorio nace sin importar las horas laboradas el día de descanso obligatorio, pues la finalidad del séptimo día es descansar, pero si éste fue laborado, así sea un par de horas, ya se dañó el descanso ininterrumpido que debió gozar dicho día.
Cuando un trabajador tiene salario variable y sufre un accidente o una enfermedad laboral, son distintos los valores a pagar por disposición de la Ley 1562. Conocerlo evita conflictos con las ARL.
Continúan las dudas sobre cuándo un accidente es considerado laboral o común. Con la nueva Ley de Riesgos Laborales, Ley 1562 de 2012, se aclara en detalle cuándo lo es y cuándo no.
El Mintrabajo emitió un concepto hace un par de meses que puede llevar a la confusión, pues afirmó que el descanso a mitad de jornada, comúnmente conocido como la hora de almuerzo, no es obligatoria darla cuando en realidad es todo lo contrario.
Cuando existe un salario fijo las vacaciones se liquidan y pagan para que el trabajador las disfrute conforme al último salario devengado, pero cuando son salarios variables debemos promediar el último año a la fecha que vaya a salir a disfrutarlas.
EPS están violando el derecho constitucional que tiene la madre y el bebé no sólo en tiempo sino en dinero cuando hay un nacimiento prematuro. Estas entidades se están pegando de varios conceptos de la Organización Mundial de la Salud.
Concepto del Ministerio de Salud da vía libre para que las EPS nieguen el pago de incapacidades y licencias cuando hay suspensiones del contrato, bien por licencias temporales, como por suspensiones disciplinarias. Otro concepto más qué iría en contra del reiterado precedente constitucional de la Corte Constitucional.
Algunos bancos siguen insistiendo en que se puede garantizar el pago de libranzas con las cesantías, cuando fue eso precisamente lo que se objetó del proyecto de ley como condición de su sanción presidencial. ¿Qué debe hacer el empleador cuando lleguen los formatos del banco para libranzas garantizadas con cesantías?
Mientras la empresa usuaria no desborde las causales y tiempos por los cuales se usan los servicios de una empresa temporal como intermediación, la mujer embarazada es y seguirá estando a cargo de su empleador, que es la empresa de servicios temporales.