Recaudación, fiscalización, discusión, cobro, medidas cautelares, vinculación de deudores solidarios, procesos de devolución de impuestos y pago de tributos aduaneros componen las ocho actividades de las cuales se encarga la DIAN en el Procedimiento Tributario.
Se busca penalizar la evasión de impuestos. actualmente hay alrededor de 311.000 declarantes del impuesto, cuya evasión asciende entre 35% y 40%, por lo que de aprobarse, se meterían en cintura a por lo menos 100.000 empresas.
La publicación de los gastos en los que incurrirá una campaña política, publicación efectuada por el Consejo Nacional Electoral a propósito de los partidos o movimientos políticos por él aprobados, se encuentra gravada con el impuesto sobre la renta. Para las personas naturales candidatas, la reposición de gastos que correspondan a donaciones recibidas y gastadas conforme con la ley son ingresos susceptibles de incrementar el patrimonio del beneficiario.
Anif y Fedesarrollo le apuestan todo a la necesidad de una nueva reforma tributaria. La DIAN, por su parte, no la ve de forma urgente. Sin embargo, para el gobierno será el vehículo para conseguir más ingresos, de cara a los gastos asumidos y a los compromisos de déficit que establece la regla fiscal.
El cajero al pensar que es un formulario impreso desde el portal de la DIAN y tiene la misma connotación física de lo que son los formularios virtuales, usted como contribuyente debe exigir que el cajero le ponga el sticker porque sino la declaración no existe.
La DIAN ha confirmado que este tipo de contribuyentes, tengan o no los beneficios de la Ley 1429 de 2010, se pasen al formulario 210 de los no obligados a llevar contabilidad ya que el art. 329 del E.T. y el Decreto 3032 de 2013 indican que todo “empleado” sí debe calcular el IMAN y es solo en el formulario 210 donde están los espacios para hacerlo.
Si una persona o entidad omite que debe declarar, la DIAN tiene 5 años para detectar que estuvo obligado y no lo hizo. Si en ese plazo se detecta la no presentación, la DIAN liquidará el impuesto y la sanción por no declarar correspondiente al mayor valor entre el 20% de las consignaciones bancarias del año no declarado, o el 20% de los ingresos brutos que figuren en la última declaración presentada.
A partir del 12 de agosto y hasta el 22 de octubre, más de dos millones de personas naturales comenzarán a declarar y pagar el impuesto de renta. Se debe tener mucho cuidado con el cumplimiento de las fechas para no caer en sanciones.
El 20 de junio de 2014 en el portal de la DIAN se publicó un proyecto de decreto con el cual se reglamentaría el art. 165 de la Ley 1607 de 2012, norma que estableció que durante los primeros cuatro años de aplicación oficial de las NIIF las bases fiscales continuarán inalteradas.
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Desde el 6 de junio la DIAN puso en servicio los formularios virtuales 210, 230 y 240 para diligenciar y/o presentar las declaraciones de renta año gravable 2013 de personas naturales, los cuales deberían haberse habilitado desde el 1° de marzo de 2014. Eso sí, el formulario 240 presenta complicaciones.
Entre el 10 y el 24 de junio quienes pertenecen al grupo de grandes contribuyentes deberán pagan la tercera cuota del impuesto de renta y complementarios. Si usted cumple con al menos una de las siguientes condiciones pertenece al grupo. Atentos.