¿Las personas jurídicas pertenecientes al régimen tributario especial liquidarían alguna vez el impuesto de ganancia ocasional?
¿Qué sucedería durante el 2025 si una persona natural o jurídica se inscribe en el régimen simple y proyecta que en dicho año tendrá ingresos que le formarán ganancias ocasionales?
Conoce los pormenores de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, sus novedades y sus implicaciones, abordadas minuciosamente por el Dr. Diego Guevara, líder de investigación contable y tributaria de Actualícese.
Lo anterior, acompañado de herramientas indispensables para llevar a cabo tus labores profesionales.
Las personas naturales que durante 2023 hayan obtenido ingresos por ganancia ocasional deberán presentarlos en su declaración de renta, teniendo en cuenta la tarifa y las exenciones a las que haya lugar.
Conoce aquí los cambios en las ganancias ocasionales que generó la reforma tributaria.
Gustavo López no descartaría, en una modificación del proyecto de reforma tributaria, una tarifa corporativa marginal y escalable para las mipymes en el régimen ordinario de renta.
El impuesto de renta de personas naturales propuesto avanza en el sentido de lograr mayor progresividad y equidad.
Para determinar la ganancia ocasional gravable en 2021 (casilla 116 del formulario 210), se utilizarán distintas fórmulas según la situación de cada contribuyente, es decir, si tiene ganancia o pérdida ocasional y si realizará compensación de pérdidas fiscales.
Realiza simulaciones con este liquidador.
En este archivo de Excel para la declaración de renta de personas jurídicas –AG 2021– (o de ingresos y patrimonio), Diego Guevara Madrid, líder en investigación tributaria, ha alojado todas las novedades y anexos que debes tener en cuenta para preparar el formulario 110 y formato 2516.
Quienes reciban premios de loterías, rifas, apuestas o similares, estarán sometidos al 20 % de retención en la fuente sobre el valor ganado, siempre que este supere el $1.824.000 por 2022.
Además, el monto recibido deberá ser incluido como ingreso por ganancia ocasional dentro de la declaración de renta.