Con la reforma tributaria se contemplaron ciertas condiciones para deducirse los gastos devengados en contratos de importación de tecnología, patentes y marcas. Dicho beneficio, según el Concepto 1244 de noviembre 15 de 2017, no aplica para los contratos suscritos antes de enero 01 de 2017.
La aprobación de la Ley 1819 de 2016 introdujo modificaciones a los artículos del Estatuto Tributario relacionados con la realización de las deducciones, sus tipos y limitaciones. Así mismo, se incorporaron nuevos artículos a dicho Estatuto para regular aspectos relacionados con las deducciones.