Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Decreto 939 de 05-06-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 5 junio, 2017

En atención al artículo 45 de la Ley 4 de 1913 el cual establece la corrección de los yerros caligráficos o tipográficos presentados en las normas, cuando no haya duda en cuanto a la voluntad del legislador, y a lo señalado por la Corte Constitucional mediante la sentencia C-178 de 2007 cuando dice que la expedición de la corrección de yerros es una función administrativa ordinaria del Presidente de la República; el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 939 de junio 5 de 2017 a través del cual corrige los yerros de los artículos 89, 99, 111, 123, 165, 180, 281, 289, 305, 317 y 319 de la Ley 1819 de 2016.

Decreto 938 de 05-06-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 5 junio, 2017

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 938 de junio 5 de 2017, a través del cual sustituye el título 2 de la parte 12 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público 1068 de 2015 para incorporar la reglamentación de los artículos 316 y 317 de la Ley 1819 de 2016. Así pues, establece el procedimiento a seguir para la procedencia de la terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social –UGPP– presentados con posterioridad a la fecha de publicación de la Ley 1819 de 2016. Sumado a lo anterior, el decreto fija la procedencia de la terminación por mutuo acuerdo respecto de los actos administrativos demandados ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

Decreto 927 de 01-06-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 junio, 2017

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 927 del 1 de junio de 2017, mediante el cual establece el procedimiento y requisitos para la procedencia de las conciliaciones de los procesos contenciosos administrativos y de las terminaciones por mutuo acuerdo en procesos administrativos, en materia tributaria, aduanera y cambiaria en el año 2017, precisa que los agentes oficiosos podrán presentar solicitudes de conciliación en los procesos contenciosos administrativos, en materia tributaria, aduanera y cambiaria y solicitudes de terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos que se encuentran en sede administrativa, y determina los valores a transar de los actos de determinación de impuestos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de proposición o de imposición de sanciones, sobre los cuales procederán las terminaciones por mutuo acuerdo.

Decreto 926 de 01-06-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 junio, 2017

El 1 de junio de 2017 el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 926 con el que modifica parcialmente el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible para reglamentar el parágrafo 3º del artículo 221 de la Ley 1819 de 2016, el cual estableció que el impuesto al carbono no se causa para los sujetos pasivos que certifiquen ser carbono neutro. Dicho decreto establece, entre otras cosas, el procedimiento para hacer efectiva la no causación del impuesto nacional al carbono, los requisitos de la declaración de verificación y el reconocimiento del mayor valor del costo derivado del impuesto nacional al carbono.

Decreto 920 de 31-05-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 31 mayo, 2017

Mediante el Decreto 920 del 31 de mayo de 2017, el Gobierno Nacional reglamentó el numeral 14 del artículo 424 del ET y el artículo 173 de la Ley 1607 de 2012, los cuales establecen la exclusión del IVA en combustibles de aviación que se suministren para el servicio de transporte aéreo nacional de pasajeros y de carga con origen y destino a los departamentos de Guainía, Amazonas, Vaupés, San Andrés Islas y Providencia, Arauca y Vichada, y en combustibles líquidos que se distribuyan en zonas de frontera; estos últimos, además, están exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM. Asimismo, el decreto establece el tratamiento para las operaciones excluidas de IVA, tratadas como gravadas desde el 1 de enero de 2017.

Decreto Ley 883 de 26-05-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 26 mayo, 2017

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto con fuerza de Ley 883 del 26 de mayo de 2017, con el cual modifica parcialmente la Ley 1819 de 2016 – Ley de Reforma Estructural, para incluir a las empresas dedicadas a la minería y a la explotación de hidrocarburos en la forma de pago de obras por impuestos. Dicho decreto modifica el parágrafo 1 del artículo 236 y adiciona los parágrafos 5 y 6 al artículo 238 de la citada ley, señalando con esto que las empresas dedicadas a la exploración y explotación de minerales y de hidrocarburos, y las calificadas como grandes contribuyentes dedicadas a la actividad portuaria por concesión legalmente otorgada, podrán efectuar el pago hasta del cincuenta por ciento (50%) del impuesto a cargo determinado en la correspondiente declaración de renta, mediante la destinación de dicho valor a la inversión directa en la ejecución de proyectos viabilizados y prioritarios de trascendencia social en los diferentes municipios ubicados en las ZOMAC, para lo cual deberán cumplir con los requisitos legales y reglamentarios establecidos.

Decreto 777 de 16-05-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 16 mayo, 2017

A través del Decreto 777 del 16 de mayo de 2017, el Ministerio de Hacienda estableció el componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos durante el año gravable 2016, por las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligados a llevar libros de contabilidad, y el componente inflacionario de los rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores, señalando para los dos casos que no constituye renta ni ganancia ocasional el 76,46% de los mismos. Respecto a los costos y gastos financieros de las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad, contribuyentes del impuesto de renta, el decreto señala que no constituye costo ni deducción para el año gravable 2016, el 28,65% de los interés y demás costos y gastos financieros en que hayan incurrido durante el año o periodo gravable.

Concepto 013443 de 08-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

El Ministerio de Hacienda explica que, de conformidad con los artículos 347 y 348 de la Ley 1819 de 2016, la tarifa del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado en su componente específico aumentará para el año 2018 de $1.400 a $2.100, y en adelante este valor se incrementará en el IPC más cuatro puntos. En lo referente al componente ad valórem, la base gravable corresponde al precio de venta al público efectivamente cobrado en los canales de distribución clasificados por el Dane como grandes almacenes e hipermercados minoristas “actualizado en todos sus componentes en un porcentaje equivalente al del crecimiento del índice de precios al consumidor”. Por lo anterior, se puede concluir que en uno y otro caso la actualización se encuentra ligada como mínimo al IPC, motivo por el cual, de mantenerse el mismo nivel de consumo, podría suponerse que el impuesto estaría por encima de la inflación.

Decreto 0446 de 16-03-2017

Decreto, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 16 marzo, 2017

Que en la implementación del mecanismo de cobertura del deslizamiento de salario mínimo se han detectado dificultades operativas por parte de las aseguradoras, que hacen necesario conceder un plazo adicional a las compañías de seguros para solicitar la inscripción de aquellas rentas vitalicias inmediatas y rentas vitalicias diferidas sobre las que se realizó oportunamente el proceso de acceso al mecanismo y que fueron rechazadas.
Por lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció que la aseguradora de vida podrá solicitar ante la oficina de bonos pensionales –OBP– la inscripción al mecanismo de las rentas vitalicias emitidas en el año calendario anterior, durante los primeros 20 días hábiles de cada año.

Concepto 006575 de 06-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 6 marzo, 2017

En relación con la posibilidad de que se descuente de la base gravable los subsidios de los usuarios de estratos bajos descontados sobre la factura mensual, consideramos que no es procedente efectuar tal descuento, teniendo en cuenta que las empresas de servicios públicos reciben subsidios a la demanda, con lo cual el beneficiario del mismo es el usuario del servicio que pertenece a los estratos más bajos y no aquella.

Concepto 2634 de 31-01-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 31 enero, 2017

El Ministerio de Hacienda señala que la condición especial de pago establecida en el artículo 356 de la Ley 1819 de 2016, en el entendido que se trata de una condonación de un porcentaje de los intereses y sanciones de tributos administrados por las entidades territoriales es susceptible de aplicarse por los departamentos respecto del impuesto sobre vehículos automotores en uso de las facultades de administración y control que les otorga el artículo 147 de la Ley 488 de 1998. Siendo ello de esa manera, y si bien la adopción de esta condición especial de pago es de orden potestativo, de optarse por su establecimiento, debe hacerse con observancia de los principios que rigen la función administrativa, en especial los de eficacia, celeridad y publicidad, de suerte que sus destinatarios tengan la posibilidad de acceder de manera cabal y oportuna al beneficio.

Concepto 001178 de 18-01-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 18 enero, 2017

El artículo 206 del Decreto Ley 1333 de 1986 establece que las entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera, tales como bancos, corporaciones de ahorro y vivienda, corporaciones financieras, almacenes generales de depósito, compañías de seguros generales, compañías reaseguradoras, compañías de financiamiento comercial, sociedades de capitalización, y los demás establecimientos de crédito, son sujetos del impuesto municipal de industria y comercio y, como tales, deben cumplir con su obligación tributaria en el municipio donde ejerzan la actividad gravada. Para efectos del recaudo del impuesto de industria y comercio, el artículo 212 del decreto mencionado establece que la Superintendencia Financiera tendrá la obligación de informar a cada distrito o municipio la base gravable de las entidades del sector.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,