Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: zonas de cesión incorporadas al espacio público

Concepto 013469 de 08-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

En lo referente al impuesto predial unificado de las zonas de cesión incorporadas al espacio público, los artículos 2.2.6.1.4.6 y 2.2.6.1.4.7 del Decreto 1077 de 2015 establecen que a partir del año en que, a primero de enero, la zona cedida se encuentre incorporada al espacio público de acuerdo con la inscripción de la escritura pública de constitución de urbanización, el predio pasa a ser propiedad del municipio y queda excluido del impuesto predial unificado de acuerdo con el artículo 170 del Decreto Ley 1333 de 1986. Ahora bien, si se trata de predios que han sido destinados al uso público pero que aún son de propiedad de una persona natural o jurídica o sociedad de hecho, estos no son objeto de la exclusión del impuesto predial unificado, pues en los términos del artículo 674 del Código Civil, los bienes públicos son aquellos cuyo dominio pertenece a la república.

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