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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Día: 29 de diciembre de 2015

Expedición de certificados de retención tendrá como fecha límite el 18 de marzo del 2016

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

Los agentes retenedores del impuesto de renta tienen hasta el 18 de marzo del 2016 para expedir los certificados de retención a terceros.

Comisión de Expertos entrega informe final al ministro Mauricio Cárdenas

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

El informe final fue entregado el 24 de diciembre al Ministro de Hacienda y Crédito Público; el documento oficial aún no se encuentra publicado, pero se conoce que dentro de las propuestas más polémicas se encuentra el aumento de dos puntos del IVA, el cual pasaría al 18%.

Tarifa del CREE para el año 2016 se sostiene en 9%

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

Con el Plan Nacional de Desarrollo aprobado para el período 2014-2018 oficializado con la expedición de la Ley 1753 del 2015, se introdujeron algunos cambios al manejo de los recursos del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– y se sostiene la tarifa del 9% para el año 2016.

Retención en la fuente para loterías, rifas, apuestas y similares tendrá una base de $1.428.000 en el 2016

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

La base para practicar retención en la fuente por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares quedó en $1.428.000 para el año 2016.

Personas naturales serán retenedoras en el 2016 si su patrimonio o ingresos brutos superan los $848.370.000

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

Comerciantes con patrimonios o ingresos brutos superiores a $848.370.000 serán agentes de retención.

$10.414.000 mensuales será el límite de transacciones exentas del pago del GMF en 2016

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

Para la vigencia fiscal 2016 estarán exentas del gravamen a los movimientos financieros –GMF– todas las transacciones que mensualmente no excedan 350 UVT, es decir $10.414.000.

Decreto 2540 de 29-12-2015

Decreto, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 29 diciembre, 2015

Departamento Nacional de Planeación. Por el cual se adiciona el Decreto 1082 de 2015, con el fin de reglamentar el parágrafo 2° del artículo 2° de la Ley 715 de 2001 , en lo relacionado con la distribución de los recursos de la Asignación Especial del 2.9 % del Sistema General de Participaciones para el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET) y se dictan otras disposiciones.

Retención en la fuente por compras tendrá una base de $803.000 para el 2016

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

Con el reajuste a la UVT del año 2016, la base para practicar retención en la fuente por concepto de compras quedó establecida en $803.000.

Retención en la fuente para prestación de servicios tendrá una base de $119.000 en el 2016

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

A raíz de que el valor de la UVT para el año 2016 fue fijado por la DIAN en $29.753, la base para saber si se practica o no retención en la fuente a título de renta por prestación de servicios quedó establecida en $119.000.

Retención en la fuente en juegos de suerte y azar tendrá una base de $149.000 para el 2016

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

La DIAN fijó el valor de la UVT en $29.753 para el año 2016, por tanto, la base para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención quedó establecida en $149.000.

Sanción Mínima Tributaria para el 2016 será $298.000

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 diciembre, 2015

Siendo $29.753 el valor de la UVT aprobado para el 2016 , el valor de sanción mínima para efectos fiscales a pagar en el 2016 será de $298.000.

Concepto 036873 de 29-12-2015

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 29 diciembre, 2015

DIAN. Las tasas de uso que cobran los terminales pese a su denominación de ​tasa, no lo​ son​ en sentido de “tributo” sino que corresponde a una contraprestación por el servicio prestado, lo cual se traduce en que corresponde a un ingreso tributario para su perceptor y por ende sometido a retención en la fuente.

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