Mediante el Concepto 283 de agosto 3 de 2021 la Dian revocó sus oficios 01827 de 2015 y 004655 de 2020, relacionados con la forma de determinar el período gravable del IVA.
Según la nueva disposición, los ingresos brutos no deben ser tenidos en cuenta para establecer la periodicidad del IVA.
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, resuelve inquietudes relacionadas con el documento soporte, régimen ordinario, nómina electrónica, IVA, novedades tributarias, declaración de renta persona natural y otros temas de actualidad.
Por medio del Concepto 283 de agosto 3 de 2021, la Dian revocó sus doctrinas de los años 2015 y 2020 exponiendo que para definir la periodicidad de las declaraciones del IVA solo se deben tomar en cuenta los ingresos gravados y exentos.
Quienes cumplan con los requisitos para ser responsables del IVA deberán presentar de manera bimestral, cuatrimestral o anualmente la respectiva declaración.
Esta deberá tener firma del contador siempre que se den algunas condiciones especiales, las cuales detallamos a continuación.
Una de las proposiciones radicada para la reforma tributaria busca eliminar la categoría de exentos. Productores nacionales expresan que quedarían en desventaja.
¿Las empresas que participan en las actividades de la economía naranja tienen algún beneficio con relación a los bienes y servicios gravados con IVA?
En relación con la declaración del IVA, ¿cómo se deben reportar las operaciones de exportación?, ¿se pueden reconocer como operaciones exentas?
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Dian expide el Concepto 283 de 2021, mediante el cual revocó los oficios 01827 del 19 de junio de 2015 y 004655 del 5 de marzo de 2020, relacionados con la forma de determinar el período gravable de IVA. De acuerdo con la nueva disposición, los ingresos base para establecer la periodicidad deben ser los gravados o exentos y no los brutos.
Una persona superó en el 2020 los 1.400 UVT de ingresos brutos que lo obligan a presentar declaración de renta, pero dicha persona al mismo tiempo opera como no responsable del IVA. ¿El hecho de quedar obligado a declarar renta lo obliga también a convertirse en responsable del IVA?
¿Las personas naturales no responsables del IVA y no obligadas a llevar contabilidad, con ingresos no laborales por su actividad de comercio de camisetas, pueden soportar los costos por el año 2020 con las facturas de sistemas POS y facturas no electrónicas de sus proveedores?
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