* Actualizado al 6 de junio de 2019.
Las vacaciones son el derecho que tiene todo trabajador dependiente que ha prestado sus servicios durante un año de disfrutar de forma remunerada y por cuenta del empleador de un tiempo de descanso equivalente a quince días hábiles. Muchos empleados se programan a mitad de año para disfrutar de este período junto a su familia.
Cuando el trabajador efectivamente disfruta sus vacaciones, estas no se liquidan del mismo modo en que se hace al finalizar la relación laboral, el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece que debe otorgarse al trabajador quince días hábiles por cada año laborado, tomando como base el salario percibido al momento de entrar a disfrutar dicho descanso, exceptuando de ello el pago de horas extras y días de descanso remunerados, es decir, domingos y festivos laborados.
La fórmula establecida para calcular dicha remuneración es la siguiente:
salario x número de días trabajados
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Teniendo en cuenta lo anterior, en las siguientes líneas expondremos el modo de liquidarlas cuando se den las siguientes situaciones: cuando el trabajador disfruta sus vacaciones durante la ejecución del contrato, cuando se le otorgan vacaciones anticipadas, cuando hay vacaciones a término, y cuando se pagan las vacaciones en dinero al finalizar la relación de trabajo.