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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: impuesto de renta

Impuesto de renta: personas naturales que pertenecen a la categoría de “otros contribuyentes”

Impuestos Publicado: 5 junio, 2015

El Decreto 3032 del 2013 establece los requisitos que deben cumplir las personas naturales para pertenecer a las categorías de “empleados” y “trabajadores por cuenta propia”, definidas para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios.Adicional a estas, se definió una categoría más, denominada “otros contribuyentes”, quienes solo podrán determinar el impuesto sobre la renta por el sistema ordinario.

Miembros del grupo personas naturales empleadas

Impuestos Publicado: 5 junio, 2015

Para efectos tributarios, las personas naturales se pueden clasificar en empleados, trabajadores por cuenta propia y otros contribuyentes. Los empleados son aquellas personas naturales residentes en el país, que durante el año gravable cumplen con los requisitos para ubicarse en alguno de los siguientes conjuntos:

Trabajadores por cuenta propia obligados a presentar declaración de renta

Impuestos Publicado: 29 mayo, 2015

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas clasificadas en la categoría de trabajadores por cuenta propia, deberán presentar la declaración del impuesto de renta cuando cumplan alguno de los siguientes requisitos:

Pago de cuotas de leasing operativo deducibles en renta

Impuestos Publicado: 29 mayo, 2015

Solo se podrá llevar como costo o gasto en la declaración de renta, un máximo de doce cuotas canceladas por leasing operativo por cada año gravable. Las cuotas que se hayan cancelado de manera extraordinaria, se podrán deducir en la declaración de renta del año gravable siguiente.

Compras a personas o empresas ubicadas en el exterior deducibles en renta

Impuestos Publicado: 22 mayo, 2015

La Ley 863 del 2003 introdujo el artículo 124-2 al Estatuto Tributario, y con él se estableció que quienes compren bienes, o contraten servicios a personas naturales, jurídicas o cualquier otro tipo de entidad constituida, localizada o en funcionamiento en países considerados como “paraísos fiscales”, dichos costos y/o gastos, si se hicieron como operaciones no registradas ante el Banco de la Republica, serían no deducibles, a menos que se les practicaran las retenciones en la fuente a título de renta.

Exención impuesto de renta en San Andrés: requisitos para solicitar el beneficio anualmente

Impuestos Publicado: 22 mayo, 2015

Las nuevas empresas que se constituyan a partir del 2013 y hasta el 2017 en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y generen rentas por la prestación de servicios turísticos, producción agropecuaria, piscícola, maricultura, mantenimiento y reparación de naves, salud, procesamiento de datos, call center, corretaje en servicios financieros, programas de desarrollo tecnológico aprobados por Colciencias, educación y maquila, estarán exentan del impuesto sobre la renta hasta el año gravable 2017; es decir, el beneficio tendrá vigencia durante cinco años gravables si la empresa se constituyó en el 2013. Si se constituyó, por ejemplo, en el 2015, gozará de este beneficio durante los años gravables 2015, 2016 y 2017.

Pérdidas del año gravable aceptadas fiscalmente en renta y en el CREE

Impuestos Publicado: 15 mayo, 2015

Los artículos 147 a 156 del ET mencionan los casos en que una determinada operación del año gravable puede producir un “pérdida”; algunas de estas son aceptadas en la depuración de la renta, en tanto que otras no (ver los artículos 149, y 151 a 153 del ET). Para el caso del CREE, el artículo 22 de la Ley 1607 de 2012 y el artículo 3 del Decreto 2701 de 2013 indican que se tendrán que tomar en cuenta las limitaciones de pérdidas señaladas en los artículos 148, 149 y 151 a 155 del ET.

Presentación en el formulario 110 de las ganancias ocasionales

Impuestos Publicado: 8 mayo, 2015

En el año 2006, con los cambios introducidos por la Ley 1111, quedó establecido que los contribuyentes del régimen ordinario ya no solo deberán informar en la sección de la respectiva declaración (se presenta en el formulario 110) los valores obtenidos por rifas, loterías y similares, sino que en la misma sección tendrán que denunciar los ingresos que expresamente se listan en los artículos 300 al 310 del E.T., entre los cuales se incluyen las ventas de activos fijos poseídos por más de dos años, o los valores recibidos por encima del capital aportado cuando se liquidan sociedades, en las cuales se poseían acciones o cuotas durante más de dos años.

[Certificación] Modelo de Certificado de Retenciones en la Fuente año gravable 2014

Certificaciones, FORMATOS, Impuestos Publicado: 5 mayo, 2015

​Los agentes retenedores deben expedir anualmente un certificado por las retenciones practicadas por conceptos diferentes de los originados en relaciones laborales; dicho certificado debe contener la información señalada en el artículo 381 del E.T. Además, cuando así lo solicite el beneficiario del pago, el agente retenedor deberá expedir un certificado por cada retención practicada. A continuación se presenta un modelo de Certificado de Retenciones en la Fuente año gravable 2014.​

Inversión en activos fijos productores de renta, deducción especial en el impuesto de renta

Impuestos Publicado: 1 mayo, 2015

El artículo 158-3 del ET establece que los contribuyentes del impuesto de renta, sean personas naturales o jurídicas, que hayan hecho inversiones efectivas en activos fijos reales productivos, incluso las realizadas bajo la modalidad de leasing financiero con opción irrevocable de compra, pueden deducir el 30% del valor de la inversión en la base gravable del impuesto de renta. Es de aclarar que este porcentaje disminuyó a partir del 2010; pues entre los años 2007 a 2009 el porcentaje permitido a deducir era el 40% del valor de la inversión.

Liquidación del anticipo del impuesto sobre la renta

Impuestos Publicado: 1 mayo, 2015

Cuando se presenta por primera vez la declaración del impuesto sobre la renta, se debe tomar el impuesto neto de renta y aplicarle el 25%; al resultado de esta operación se le deben restar el total de las retenciones en la fuente; si el resultado final es mayor a cero, el mismo corresponderá al valor al anticipo de este impuesto; si por el contrario, el resultado es menor que cero, no habrá lugar al pago de un anticipo del impuesto de renta.

Conciliación entre la utilidad contable y fiscal

Estándares Internacionales Publicado: 13 septiembre, 2014

Si usted está obligado a llevar contabilidad, o ha decidido llevarla voluntariamente con la finalidad de hacerla valer como prueba, debe recordar y tener presente que por lo general, las cifras que se tienen registradas contablemente no son iguales a las aceptadas para efectos fiscales.

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