DIAN. Impuesto al Patrimonio – Hecho Generador.
Ministerio del Trabajo. Salario — descuentos por daños, reintegro — indemnización, auxilio de transporte, horas extras, dominicales.
DIAN. Servicios de Educación excluidos.
DIAN. Cuentas en participación.
DIAN. Agentes de retención – Misiones diplomáticas no están obligadas a retener.
DIAN. Obligados a suministrar información a la Unidad Administrativa Especial de la DIAN- UAE.
Superfinanciera. Divulgación de la rentabilidad a utilizar en el traslado de recursos del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.
Superfinanciera. Divulgación DTF pensional aplicable a los bonos pensionales de que trata el Decreto 1299 de 1994.
Los servicios exentos de IVA son aquellas actividades contempladas en la ley como generadoras de IVA pero con una tarifa del 0%.
Los bienes exentos de IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del 0%; tendrán dicha calidad los bienes y servicios que para tal efecto la ley los mencione expresamente.
Los bienes y servicios exentos de IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del cero por ciento (0%). Por esta razón los productores de bienes y prestadores de servicios a los que la ley da dicha calidad, son responsables del IVA y deberán presentar declaración de este impuesto, pero podrán solicitar la devolución, siendo posible para ellos descontar los impuestos que paguen en la adquisición de bienes, servicios e importaciones, que constituyan costo o gasto para producirlos y comercializarlos o para exportarlos.
¿Sobre qué topes un régimen común debe efectuar reteica y reteiva a servicios del régimen simplificado, teniendo en cuenta que la retefuente sobre renta cambió según las tablas del 383 y 384?