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ACTUALIDAD  - 5 agosto, 2025

Particularidades del IVA, INC y activos en el exterior: requisitos, sanciones y advertencias que no puedes pasar por alto


Aquí hablaremos sobre...

  • 1. Requisitos para operar como no responsable del IVA e INC en bares y restaurantes
  • 2. Advertencias sobre el IVA descontable no utilizado correctamente en las compras según el ET
  • 3. ¿Hay sanciones por errores en la periodicidad de las declaraciones de IVA en el régimen ordinario?
  • 4. Sanciones tributarias y penales por incumplir con el IVA y el INC en las facturas
  • 5. Formularios para liquidar IVA a favor de la Dian
  • 6. Requisitos para presentar la declaración anual de activos en el exterior

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario del 24 de julio, tituladoParticularidades de IVA, INC y activos en el exterior.

La gestión adecuada del IVA, el INC y la declaración de activos en el exterior requiere un conocimiento preciso de los requisitos vigentes y de las implicaciones normativas que rodean estos temas.

Este consultorio brinda orientación clave sobre cómo cumplir correctamente con estas obligaciones, evitar sanciones y tomar decisiones informadas al momento de declarar, facturar o reportar información ante la Dian.

Para escuchar cada pregunta con su respuesta, ve al video y busca el minuto que te señalamos en cada una.

A continuación describimos las respuestas de este interesante tema:

1. Requisitos para operar como no responsable del IVA e INC en bares y restaurantes

Pregunta: ¿cuáles son los requisitos que actualmente se exigen a las personas naturales para operar como no responsables del IVA, o para operar como no responsables del INC de bares y restaurantes?

Minuto 08:07

El proceso de exoneración de responsabilidad del IVA y el INC presenta diferencias notables dependiendo del régimen tributario al que se adhiera una persona natural.

Las personas en el régimen simple enfrentan menos requisitos, mientras que quienes están en el régimen ordinario deben cumplir más criterios para beneficiarse de estas exenciones.

 Detalles clave

  • Las personas naturales que vendan bienes o servicios grabados con IVA, pero que cumplan ciertos requisitos, pueden operar como no responsables del IVA. Según el parágrafo 3 del artículo 437 del ET, las personas naturales del régimen ordinario deben cumplir una serie de requisitos detallados.

    Estos requisitos son más exigentes que los solicitados a los contribuyentes del régimen simple, quienes solo deben cumplir con condiciones más reducidas, de acuerdo con el parágrafo 4 del mismo artículo.
  • El parágrafo 4 del artículo 437 del ET establece que las personas naturales que pertenezcan al régimen simple y solo desarrollen actividades establecidas en el numeral 1 del artículo 908 del ET, como tiendas, minimercados o peluquerías, no están obligadas a cumplir con otros requisitos para operar como no responsables del IVA.
  • Las personas naturales del régimen simple no están obligadas a cumplir con más requisitos si sus ingresos brutos son inferiores a 3.500 UVT. Este beneficio simplifica el proceso de operación como no responsable del IVA para aquellos que, siendo parte del régimen simple, no superan este umbral de ingresos.

    En este caso, no necesitan justificar otras condiciones adicionales y pueden operar con menos carga administrativa en cuanto al IVA.
  • En cuanto a la operación como no responsables del Impuesto Nacional al Consumo –INC– de bares y restaurantes, en el artículo 512-13 del ET solo se exigen dos requisitos para las personas naturales, sin importar si están en el régimen ordinario o simple.

    Esto significa que, a diferencia de las condiciones más complejas para el IVA, los bares y restaurantes deben cumplir con estos dos requisitos específicos para no tener que generar este impuesto sobre sus ventas.
SIMPLE

En 2025, como persona natural, podrías tener que pagar IVA, INC u otros impuestos si vendes productos gravados. ¡Conoce en esta guía cuándo no debes hacerlo! Requisitos para operar como no responsables de IVA, INC, IBUA e ICUI durante el 2025

¿Quieres operar como no responsable de IVA en 2025? Esto es lo que necesitas saber

2. Advertencias sobre el IVA descontable no utilizado correctamente en las compras según el ET

Pregunta: ¿cuál es la advertencia del artículo 86 y 493 del ET en cuanto al IVA de una compra que debía tomarse como descontable en las declaraciones del IVA, pero no se utilizó de esa forma?

Minuto 13:32

Los artículos 86 y 493 del ET especifican las implicaciones de no aplicar el IVA de compras correctamente. Si el IVA destinado a ser descontado se registra como costo, no podrá ser utilizado para deducir en la declaración de renta, lo que puede afectar el manejo tributario de la empresa.

Puntos de interés

  • En el régimen ordinario del impuesto sobre la renta, los contribuyentes que son generadores de IVA en sus ventas deben tomar el IVA de sus compras como descontable en las declaraciones del IVA. Sin embargo, cuando estas compras incluyen ventas excluidas, exentas o grabadas, el IVA se somete a un prorrateo, conforme al artículo 490 del ET.
  • Si un contribuyente lleva el valor del IVA de una compra como mayor valor del costo o gasto, en lugar de tratarlo como impuesto descontable en la declaración de IVA, no podrá utilizarlo como deducción en la declaración de renta, conforme a lo establecido en el artículo 86 del ET.
  • La prohibición de tratar el IVA como costo o gasto en la declaración de renta es reafirmada por el artículo 493 del ET, que establece que el IVA que debe ser tratado como descuento no puede ser tomado como costo o gasto para efectos del impuesto sobre la renta.

    Esta norma es clave para evitar errores en el tratamiento fiscal del IVA.
SIMPLE

El Dr. Guevara analiza de manera profunda los asuntos sustantivos vigentes y procedimentales de estos impuestos, desde su hecho generador hasta su declaración en la Guía Multiformato Fundamentos importantes para el correcto manejo del IVA, el INC y los impuestos saludables y características básicas de las personas jurídicas frente al impuesto de renta y de ganancia ocasional.

3. ¿Hay sanciones por errores en la periodicidad de las declaraciones de IVA en el régimen ordinario?   

Pregunta: para quienes operan en el régimen ordinario del impuesto de renta, y no se trasladan al régimen simple, ¿existe actualmente alguna norma que los sancione por equivocarse con la periodicidad de sus declaraciones de IVA?

Minuto 19:26

Las modificaciones normativas recientes han generado inquietudes sobre las posibles sanciones por errores al seleccionar la periodicidad de las declaraciones de IVA en el régimen ordinario. Anteriormente existía una normativa que sancionaba los errores, pero el Consejo de Estado anuló dicha norma en 2022, lo que dejó sin efecto las sanciones por equivocarse al elegir la periodicidad.

Aspectos esenciales

  • Según el artículo 600 del ET, los contribuyentes del régimen ordinario del impuesto de renta deben elegir entre dos periodicidades para la declaración de IVA: bimestral o cuatrimestral.

    Esta disposición aplica únicamente a quienes operan en el régimen ordinario, ya que los contribuyentes que se trasladan al régimen simple no deben seguir estas reglas, presentando su declaración de IVA de manera anual según el artículo 915 y siguientes del ET.
  • Los artículos 1.6.1.13.2.30 y 1.6.1.13.2.31 del Decreto Único Tributario 1625 de 2016 complementan las disposiciones del artículo 600 del ET, regulando los vencimientos para las declaraciones bimestrales y cuatrimestrales del IVA.

    No obstante, una norma anterior, el parágrafo 2 del artículo 26 del Decreto 1794 de agosto de 2013, recopilada más tarde en el artículo 1.6.1.6.3 del DUT 1625 de 2016, fue declarada nula por el Consejo de Estado en noviembre de 2022.
  • La norma declarada nula por el Consejo de Estado en el Expediente 25406 de noviembre 3 de 2022 regulaba las sanciones por equivocarse en la periodicidad de las declaraciones de IVA.

    Durante su vigencia, los contribuyentes eran sancionados si presentaban la declaración de manera incorrecta, como cuando alguien debía declarar bimestralmente pero lo hacía cuatrimestralmente.

    Sin embargo, el Consejo de Estado anuló esta regulación, lo que eliminó la posibilidad de sanciones para quienes cometieran estos errores.
  • Tras la anulación de esta norma, quienes escogen incorrectamente su periodicidad para la declaración de IVA al inicio del año fiscal y se dan cuenta de su error a mitad del año no enfrentarán sanciones.

    Se recomienda que, aunque se cometa un error al elegir entre las opciones bimestral o cuatrimestral, se mantenga con la periodicidad seleccionada sin preocuparse por sanciones, ya que no hay ninguna ley posterior que regule penalidades por esta equivocación.
  • La anulación de la norma en 2022 es clave, ya que el Consejo de Estado subrayó que los decretos reglamentarios no pueden contradecir las leyes.

    Según esta decisión, la corrección de los errores de periodicidad no requiere una sanción, a menos que exista una ley que así lo disponga.

    Por lo tanto, no existe actualmente una ley que imponga sanciones por equivocarse en la periodicidad de las declaraciones de IVA, hasta que el legislador lo regule específicamente.
Periodicidad del IVA para el 2025

4. Sanciones tributarias y penales por incumplir con el IVA y el INC en las facturas  

Pregunta: ¿cuáles son las sanciones tributarias y penales más importantes que se aplican a los contribuyentes obligados a generar, declarar y pagar el IVA y el INC en sus facturas, pero que no lo hagan o lo hagan después de ciertos plazos?

TAMBIÉN LEE:   Declaración de renta personas naturales 2025: ¿quiénes pueden solicitar devolución de oficio de saldos a favor?

Minuto 28:48

Los contribuyentes obligados a declarar y pagar el IVA y el INC deben cumplir con normativas estrictas. El incumplimiento, ya sea por no declarar o hacerlo fuera de plazo, puede acarrear sanciones tributarias y penales. Estas incluyen multas por no declarar, clausura de establecimientos y, en casos graves, responsabilidades penales.

Elementos esenciales

  • Los contribuyentes obligados a generar, declarar y pagar el IVA y el INC tienen obligaciones estrictas en cuanto a la presentación y el pago oportuno.

    De no hacerlo, incurren en sanciones específicas establecidas por el artículo 643, numeral 2 del ET, que establece la sanción por no declarar estos impuestos.

    Además, el artículo 657, numeral 4 del ET, contempla la clausura del establecimiento durante tres días si no se presenta la declaración o no se realiza el pago correspondiente.
  • Además de la sanción por no declarar, el artículo 669 del ET establece multas a los responsables que realicen operaciones ficticias u omitan ingresos relacionados con el IVA.

    Esto se complementa con el artículo 796 del ET, que regula la solidaridad de los representantes legales de las entidades públicas, quienes responderán de manera solidaria por el IVA no consignado oportunamente.
  • En el ámbito penal, el artículo 402 del Código Penal, Ley 599 de 2000, establece sanciones penales para los agentes retenedores que omitan su obligación de recaudar y cobrar el IVA o el INC.

    Esta penalidad aplica cuando el contribuyente presenta su declaración sin el pago correspondiente y se toma más de dos meses para regularizar la situación.

    Si un funcionario de la Dian se presenta en el sitio y tiene la obligación de facturar con IVA y no se expiden facturas, le pueden aplicar este inciso, ya que cuenta con la obligación de facturar y cobrar el IVA.
  • El artículo 434B del Código Penal, Ley 599 de 2000, contempla sanciones penales para quienes presenten facturas falsas o declaren impuestos descontables falsos con el objetivo de defraudar o evadir impuestos.

    Si se incluyen costos, gastos inexistentes, créditos fiscales fraudulentos o se manipulan retenciones de IVA falsas con el fin de disminuir el valor a pagar o aumentar el saldo a favor, la sanción se agrava cuando la evasión supera los 100 salarios mínimos.

    Esta práctica se tipifica como delito y puede acarrear consecuencias penales significativas.
Fechas para la declaración del IVA 2025: evita sanciones y mantente al día con los plazos

5. Formularios para liquidar IVA a favor de la Dian

Pregunta: ¿cuáles son actualmente los dos formularios en los que se liquidan valores por IVA a favor de la Dian?

Minuto 33:44

El proceso de declaración del IVA se realiza a través de dos formularios principales: el formulario 300 y el formulario 325. Ambos tienen aplicaciones específicas para distintos tipos de contribuyentes, dependiendo de su régimen y origen de los servicios que prestan, lo que permite una adecuada gestión tributaria.

Puntos de enfoque

  • El formulario 300 es utilizado por aquellos que se encuentran ubicados en Colombia y son responsables del impuesto sobre el valor agregado –IVA–.

    Este formulario lo deben presentar tanto las personas naturales como jurídicas que operan dentro del país, ya sean del régimen ordinario o del régimen simple.

    Los contribuyentes con códigos de responsabilidad 19 y 48 en la casilla 53 del RUT están obligados a diligenciar este formulario.
  • Este formulario 300 se presenta de forma bimestral, cuatrimestral o anual, dependiendo del régimen de cada contribuyente. El formulario permite la declaración del IVA generado y el de los impuestos descontables, en función de la actividad económica realizada.
  • En contraste, el formulario 325 está destinado exclusivamente a los prestadores de servicios desde el exterior. Empresas como Netflix, Spotify o Uber, que ofrecen servicios en Colombia, deben declarar el IVA generado por sus servicios a través de este formulario.

    La diferencia clave es que este formulario solo se presenta de manera bimestral, y solo se declaran los impuestos generados por los servicios prestados, sin incluir impuestos descontables, y lo hacen bajo el código de responsabilidad 46 en la casilla 53 del RUT.
  • Es fundamental tener en cuenta que el formulario 325 tiene menos casillas que el formulario 300, ya que solo se declara el IVA generado sin incluir los impuestos descontables.

    Este formulario es utilizado exclusivamente para servicios anulados, rescindidos o resueltos, y está diseñado específicamente para servicios provenientes del exterior.

    Además, su uso está condicionado a que el servicio no sea realizado por un contribuyente responsable del IVA en Colombia, sino por un prestador extranjero.
Plantilla para elaborar el formulario 300 para la declaración del IVA en 2025

6. Requisitos para presentar la declaración anual de activos en el exterior   

Pregunta: ¿cuáles son las personas naturales y jurídicas que deben presentar la declaración anual de activos en el exterior?

Minuto 35:54

La obligación de presentar la declaración de activos en el exterior recae sobre personas naturales y jurídicas residentes que tengan activos fuera del país que superen ciertos montos establecidos por la Dian. Comprender quiénes están obligados a reportar es clave para cumplir con las regulaciones tributarias de forma correcta.

Áreas de interés

  • Según el artículo 607 del ET, la obligación de presentar la declaración anual de activos en el exterior recae sobre las personas naturales y jurídicas residentes en Colombia, ya sean contribuyentes del régimen ordinario o régimen simple.

    Este requisito aplica a aquellos cuya posesión de activos en el exterior supere los 2.000 UVT, equivalentes a aproximadamente 98 millones de pesos colombianos. Es importante destacar que esta obligación no afecta a los no contribuyentes.
  • Esta obligación aplica si están registradas como contribuyentes en el régimen ordinario o régimen simple, y si sus activos en el exterior superan los 2,000 UVT a partir del 1 de enero de cada año, según la cotización de la UVT a esa fecha.
  • Las personas naturales residentes que no superen el monto de patrimonio requerido para declarar renta (4.500 UVT) pueden estar obligadas a presentar la declaración de activos en el exterior si sus activos fuera del país superan los 2.000 UVT.

    En estos casos, aunque no estén obligadas a declarar renta debido a ingresos menores, deben cumplir con la obligación de declarar los activos internacionales si cumplen con el umbral mencionado.
  • Para la correcta presentación de la declaración de activos en el exterior, se recomienda anticiparse a la congestión del portal de la Dian.

    Dado que los plazos de presentación coinciden con las fechas de otras obligaciones tributarias, es aconsejable adelantar la presentación de las declaraciones lo más pronto posible, preferiblemente en agosto para evitar problemas de acceso a la plataforma, especialmente para aquellos que tienen vencimientos en septiembre.
Calendario tributario 2025

En el siguiente análisis podrás conocer liquidadores, tarifas, base gravable, periodicidad y muchos aspectos relevantes del IVA:

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