Supersociedades. Aclaración Circular Externa 304-000001 de 2014.
Con el nuevo proyecto de decreto que la DIAN prepara, pretende reglamentar el artículo 165 de la ley 1607 de 2012, y además dar aplicación al artículo 4 de la ley 1314 de 2009; desligando totalmente la parte contable de la fiscal. En su enunciado el artículo 165 de la reforma tributaria dice “Únicamente para efectos tributarios, las remisiones contenidas en las normas tributarias a las normas contables, continuarán vigentes durante los cuatro (4) años siguientes a la entrada en vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF…“ hasta este momento surgía la pregunta ¿a qué normas contables hace referencia?, si con la entrada en vigencia de las NIIF ya no se aplicaría los decreto 2649 y 2650 de 1993.
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DIAN. Sanciones relativas a la expedición de factura.
DIAN. «Por medio del cual se señalan las actividades económicas para los trabajadores por cuenta propia», dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expidió el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El costo de ventas sí existe y no ha cambiado. Se debe asimilar al concepto egreso, de tal manera que en el estado de resultados se tengan ingresos y egresos.
Desde el pasado 20 de junio, y por espacio de un mes, los ciudadanos podrán conocer el informe de gestión de la Contaduría General de la Nación, vigencia 2013, en la página web de la entidad. Los ciudadanos pueden inscribirse y participar activamente en la Rendición de Cuentas. Envíe sus preguntas, propuestas e inquietudes a través de la página web de la entidad.
Cabe recordar que los preoperativos en NIIF no existen sino que son gastos. Las diferencias en cambio en NIIF afectan el estado de resultados bien sea gasto o ingreso. Los cargos diferidos no cumplen con la definición de activo y al no hacerlo no existen porque la probabilidad de recibir beneficios es incierta.
Dialogamos con Wilmar Franco Franco, presidente del Consejo Técnico de Contaduría, sobre los objetivos de la entidad y las diferentes tareas que viene cumpliendo alrededor del tema de las NIIF en Colombia.
Resolución 122 de junio 20 de 2014. Con esta se deroga la Resolución 12383 de noviembre 29 de 2011 y redefine los procesos que se deben agotar por parte de las personas naturales y jurídicas que requieren inscribirse por primera vez en el RUT y que al mismo tiempo deben contar con registro mercantil en las Cámaras de Comercio.
En las instrucciones del programa “ayuda renta” que liberó la DIAN el 25 de junio como una ayuda elaborar el formulario 210 de las declaraciones año gravable 2013 de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, dicha entidad está indicando que dicho formulario 210 sí podrá ser utilizado por los “empleados” obligados a llevar contabilidad pues es claro que sí deben liquidar el IMAN pero el formulario 110, de los obligados a llevar contabilidad, no incluyó los espacios para liquidar dicho IMAN.
Superfinanciera. Catálogo único de información financiera con fines de supervisión.