Desde el año 2013 la tarifa del impuesto de Renta se ha sostenido en el 25%.
Comerciantes con patrimonios o ingresos brutos superiores a los $824.550.000 serán agentes de retención.
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A raíz que el valor de la UVT, para el año 2015, fue fijado por la DIAN en $28.279, la base para saber si se practica o no retención en la fuente a título de renta por prestación de servicios quedó establecida en $113.000.
Supersolidaria. Privacidad y confidencialidad, reserva legal y protección de datos personales para los vigilados de esta Superintendencia en el marco de la Ley 1581 de 2012.
Te presentamos 6 útiles herramientas que serán de gran ayuda para este inicio de año. Con ellas podrás hacer cálculos personales sobre cesantías, prima legal, vacaciones y horas extras, entre otros temas.
La DIAN fijó el valor de la UVT en $28.279 para el año 2015, base para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención la cual quedó establecida en $141.000.
Supersociedades. La superintendencia señala que es viable el reembolso previo de la prima en colocación de acciones de manera directa a los asociados, sin pasar antes por un proceso de capitalización.
DIAN. La exención atribuible al pago o abono en cuenta de la indemnización por accidente o enfermedad de trabajo, a la que se refiere el numeral 1 del artículo 206 del Estatuto Tributario, es solo aplicable al pago o abono en cuenta por este concepto y no puede hacerse extensivo al pago por incapacidades al empleado, aunque sean estas posiblemente fuente para que se genere un indemnización.
Alcaldía Ibagué. Calendario Tributario Ibagué 2015.
Durante el 2014 publicamos editoriales donde tratamos temas como la caducidad de la sanción por la no contratación o monetización por aprendices, la cotización a salud de personas en regímenes excepcionales como los ex miembros de la fuerza pública, la afiliación a seguridad social de taxistas y en general, muchos temas más.
La Ley dispone que cuando el acoso laboral está debidamente acreditado se sancionará como falta disciplinaria gravísima en el Código Disciplinario Único, cuando su autor sea un servidor público.