La DIAN fijó el valor de la UVT en $28.279 para el año 2015, base para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención la cual quedó establecida en $141.000.
El artículo 401-1 del Estatuto Tributario establece que los ingresos recibidos por los colocadores independientes se encuentran sometidos a una retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta del tres por ciento (3%).
Sin embargo, dicha retención solo se practicará cuando los ingresos diarios de cada colocador independiente excedan de 5 UVT; teniendo en cuenta que a través de la Resolución No. 000245 del 3 de diciembre de 2014 la DIAN fijó el valor de la UVT en $28.279 para el año 2015, la base para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención queda establecida en $141.000, aplicando la aproximación matemática.
Las bases para la aplicación de retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte y azar de los últimos cinco (5) años han sido las siguientes:
Año | Valor UVT | Valor base |
2014 | $ 27.485 | 137.000 |
2013 | $ 26.841 | 134.000 |
2012 | $ 26.049 | 130.000 |
2011 | $ 25.132 | 126.000 |
2010 | $24.555 | 123.000 |