Los trabajadores saben que la finalidad es para desempleo, vivienda y estudio, pero sobre ésta última opción, solo procede cuando las cesantías están consignadas al fondo, pero no para pagos parciales, si se hace, estaría en riesgo el empleador a ser condenado a su pago doble.
Aunque existen leyes que facultan al empleador para hacer pagos parciales de cesantías, el empleador sólo está obligado a verificar la idoneidad de las pruebas, más no de su inversión final.
Si bien la Ley 50 de 1990 y la Ley 1429 de 2010 facultan al empleador para hacer pagos parciales de cesantías, el empleador sólo está obligado a verificar la idoneidad de las pruebas, más no de su inversión final.
Ministerio de Protección Social. Retiro parcial de cesantías para educación sobre consignación anticipada.
En el transcurso de esta conferencia se hace una introducción sobre todas las Prestaciones Sociales y las Prestaciones Especiales, como son Dotación, Primas, Vacaciones y Cesantías. De igual manera, a sus aspectos más relevantes como forma de pago y pérdida. Finalmente, hace una comparación entre la administración de las Cesantías en el Fondo Nacional del Ahorro y el sistema Multifondos de los Fondos Privados.
En el transcurso de esta conferencia, el Dr. Alexander Coral actualiza información sobre modificaciones en cesantías, vacaciones, reglamento interno de trabajo, préstamos y descuentos de salario.
Superfinanciera. Modificación a los Planes Únicos de Cuentas (PUC) para los tipos de fondos de pensiones obligatorias y los portafolios de los fondos de cesantía.
El empleador debe verificar y vigilar la correcta destinación de las cesantías, del empleado, que fueron pagadas parcialmente o que fueron retiradas del fondo para vivienda.
Mediante La Ley 1429 de 2010 se confirma que ya no se necesita la autorización del Inspector de Trabajo para realizar el pago parcial de Cesantías. Tenga en cuenta los siguientes pasos.
En esta ocasión el Dr. Alexander Coral, Líder de Información Legal de admin.actualicese.co, trató dos temas fundamentales como son: Simplificación de Trámites Laborales y de los Trámites Comerciales. En la parte comercial se explican las causales de liquidación de las sociedades, liquidación de sociedades sin pasivos externos, reactivación de sociedades en liquidación y depuración del registro mercantil.
Aunque desde el pasado 22 de marzo está funcionando el esquema de Multifondos un ínfimo número de colombianos se muestra interesado por este tema. ¿Por qué será? Algunos colombianos opinan.
Ministerio de Protección Social. Cuando se ha dejado de laborar por una incapacidad o por las vacaciones del trabajador, sólo habrá lugar al auxilio de transporte en forma proporcional a los días trabajados, salvo que por acuerdo, pacto o convención colectiva se haya establecido lo contrario.