Los contribuyentes, agentes de retención, responsables de impuestos nacionales y usuarios aduaneros y del régimen cambiario podrán transar con la DIAN, hasta el 30 de octubre del 2015, las sanciones y los intereses que tenga a su cargo, si cumplen las condiciones del artículo 56 de la Ley 1739 del 2014.
DIAN. Las respuestas a los derechos de petición y consulta de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), son de carácter general y de conocimiento público, por tanto, los datos que conforma el documento público no tienen restricción.
Felipe Jánica, socio director del área de Servicios de Consultoría en Contabilidad Financiera en EY Colombia, Director del Comité Técnico de la firma en temas US GAAP e IFRS, dice que hay que abogar para que se cambie el Código de Comercio, se modifique para que no tenga injerencia en la ley contable. De igual manera, piensa que ha habido ausencia de efectividad por parte del Gobierno en persuadir a juntas directivas y presidentes de compañías, quienes se muestran apáticos, para que se empapen alrededor de las NIIF.
DIAN. El objeto de la información requerida en la resolución No. 12889 del 2007 de la DIAN (Sistema Técnico de Control de la actividad productora de renta de quienes presten el servicio de sacrificio de animales en los frigoríficos, centrales de sacrificio o mataderos públicos), es dar cuenta y permitir el control de las operaciones realizadas como de los ingresos recibidos durante el período, incluyendo información de los usuarios del servicio a nivel de detalle que se señala en la misma; así las cosas, si durante el período respectivo, el obligado no tuvo operaciones, hecho que se justifica en clausura temporal, no hay información que entregar.
Contribuyentes pueden obtener hasta un 80% de descuento en intereses y sanciones. La idea es que conozcan el estado de cuenta de sus obligaciones en mora y reciban orientación para obtener el beneficio, incluido en el artículo 57 de la Ley 1739 de 2014.
El artículo 59 de la Ley 1739 del 2014 indica que el saneamiento o depuración de la contabilidad pública, ya no lo tendrán que realizar todas las entidades públicas, sino solo la DIAN. Así lo indica el texto del nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018.
Departamento Administrativo de la Función Pública. Se reglamenta el aumento salarial y prestaciones para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.
La Dian precisa que indispensable ser contribuyente del impuesto a la riqueza para también serlo del impuesto complementario de normalización tributaria, ya sea de manera obligatoria o voluntaria.
Ambas entidades realizaron un convenio centrado en la prevención y lucha contra el lavado de activos y lucha contra el financiamiento del terrorismo y el contrabando. Funcionarios de la DIAN tendrán herramientas para detectar y reportar operaciones sospechosas.
Con la Resolución 0044 del 8 de mayo del 2015, la DIAN explica los pasos que los residentes en el exterior deben tener en cuenta para inscribirse en el RUT y obtener firmas digitales para presentar la declaración del impuesto a la riqueza.
Las personas jurídicas y naturales que celebren contratos de importación de tecnología deben hacer el registro ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-; por ello es importante que conozcan los requisitos y documentos soporte para presentar la solicitud de registro me manera satisfactoria.
Las personas naturales o jurídicas que celebren contratos de importación relativos a licencias de tecnología, asistencia técnica, servicios técnicos, ingeniería básica, marcas, patentes y en general contratos tecnológicos deberán registrarlos ante la DIAN.