Esta vez,a raíz de los grandes cambios introducidos con la Ley 1607 de diciembre 26 de 2012 al tema de la declaración de renta y complementarios de las personas naturales y sucesiones ilíquidas, y de la reglamentación que se ha expedido durante el 2013 y lo corrido del 2014, es claro que la preparación y presentación de dicha declaración por el año gravable 2013 se encuentra repleta de novedades.
Las burbujas se presentan cuando se produce un alza de precios, el cual es causado por un factor externo y de corta duración que genera recursos a las personas, las cuales aumentan la demanda de bienes y servicios, cuando desaparece el factor, se disminuyen los precios y explota la burbuja.
A continuación se presenta un ejercicio ilustrativo sobre la forma como quedaría elaborado el formulario 110 con sus anexos explicativos y adicionalmente el formato 1732 para la declaración de renta año gravable 2013 de una persona natural colombiana, residente en Colombia, comerciante obligado a llevar contabilidad y que no fue beneficiario de la Ley 1429 (pequeñas empresas). De forma paralela, en el mismo ejercicio se elabora el formulario 240, siendo claro que el mismo es un formulario alternativo al cual se puede cambiar el declarante solo si cumple diversos requisitos a saber: ser residente ante el Gobierno colombiano, pertenecer al universo de “trabajador por cuenta propia” (ya que el 80% o más de sus ingresos del año provienen de solo una de las actividades del artículo 340 del E. T.), su renta gravable alternativa del 2013 definida conforme a la norma del artículo 339 del E. T. no le supera 27.000 UVT (ver artículo 9 del Decreto 1070 de mayo de 2013) y su patrimonio líquido en diciembre del año anterior (2012 en este caso) no le supera 12.000 UVT (ver artículo 3 del Decreto 3032 de diciembre de 2013).
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Esta semana hablamos de la necesidad de reglamentar la contabilidad fiscal en Colombia a partir de la aplicación de NIIF.
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DIAN. Tratamiento tributario a los aportes en especie de sociedades extranjeras a sociedades nacionales.