En el nuevo formulario 350 diseñado por la DIAN para las declaraciones mensuales de retención en la fuente que se usarán durante 2014, la entidad indicó que las devoluciones de retenciones de renta e IVA de periodos anteriores tendrían renglón especial para ser reportadas, pero eso provocará problemas cuando sí hayan existido ese tipo devoluciones, y al mismo tiempo suceda que no se hayan practicado nuevas retenciones durante el nuevo mes. Seguramente la DIAN terminará modificándolo.
DIAN. Tarifa. Contratos celebrados con Entidades Públicas. Arrendamiento.
Las personas naturales hoy pueden ser empleadores y crear puestos de trabajo. De esta manera, no se tendrán excusas para decir que dar puestos de trabajo con vínculo laboral genera mucha carga parafiscal. No. Esta carga se está reduciendo bastante.
Este año, el Dr. José Hernando Zuluaga, CEO de actualicese.co formuló 9 preguntas donde indaga sobre diferentes ítems de la profesión contable. Estas fueron formuladas a un grupo significativo de contadores colombianos, quienes escogieron aleatoriamente tres y nos dejaron saber sus impresiones.
Dialogamos con el Contador Público Jesús Orlando Corredor Alejo de Tributar Asesores S.A.S., Ex Presidente del Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia; Miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario y Miembro de la Comisión de integración económica y fiscal de la AIC, quien nos entregó algunas apreciaciones de la profesión.
Toda la sección de la izquierda desde el renglón 27 hasta el 56 es para cuando las retenciones a título de renta se les practique a personas o empresas domiciliados en Colombia. Mientras que la sección de la derecha, desde el renglón 57 hasta el 68 son para retenciones a título de renta para los no domiciliados en Colombia.
Dialogamos con el Contador Público de la Universidad Buenaventura de Cali Luis Raúl Uribe, quien es Magister en Administración de Empresas, Líder de Uribe & Asociados Consultores, S.A.S.; docente y consultor NIC-NIFF’s, quien nos entregó sus apreciaciones de la profesión.
Luego que el Decreto 568 de marzo de 2013 fuera modificado en diciembre de 2013 con el 3037, todos los que sean responsables de IVA en el régimen común del IVA y se conviertan en los “consumidores finales” de la gasolina y el ACPM, podrán tomar hasta el 35% del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM (INGA), implícito en la compra de dichos combustibles y llevarlo al renglón 75 de sus formularios 300 de IVA.
Procuraduría General de la Nación. Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 33 (parcial), 36 (parcial) y 133 parágrafo 3º (parcial) de la Ley 100 de 1993 “Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones”.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Reserva legal, inventarios y ajuste por diferencia en cambio NIIF.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. PUC NIIF.
Superfinanciera. Bases de datos, permanencia del reporte.